A propósito del nuevo Código de las familias de Cuba: las razones por el sí - Un nuevo derecho para las familias (a propósito del nuevo código de las familias de Cuba) - Libros y Revistas - VLEX 976582561

A propósito del nuevo Código de las familias de Cuba: las razones por el sí

AutorLeonardo B. Pérez Gallardo, Ana María Alvarez-Tabío Albo y Yamila González Ferrer
Cargo del AutorProfesores Titulares de Derecho civil y de familia Facultad de Derecho, Universidad de La Habana. Miembros de la Comisión redactora
Páginas21-121
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A propósito del nuevo Código de las familias
de Cuba: las razones por el sí
Leonardo B. pérez gallardo
Ana María álVarez-taBío alBo
Yam ila gonzález Ferrer
Profesores Titulare s de Derecho civil y de familia
Facultad de Derecho, Universidad de La Habana.
Miembros de la Comisión redactora
A Aída Kemelmajer, cuya impronta
académica y pasión sin límites están como néctar
en cada precepto de este Código
SUMARIO: 1. Tras el íter del nuevo Código de las familias… las huellas del
pasado desde el prisma de la historia. 2. La apuesta en plural del Código de
las familias. 3. Por un Código de las familias que enaltece la dignidad de las
personas, valor supremo de nuestra Constitución. 4. El empleo equilibrado del
lenguaje inclusivo. 5. Los afectos: punto de encuentro de las construcciones fa-
miliares. 6. La tuición de los derechos de los sectores vulnerables en el entorno
sociofamiliar. 7. La otra cara de la dependencia y de la discapacidad: la protec-
ción de los derechos de los cuidadores familiares. 8. Las personas en situación
de discapacidad en el entorno sociofamiliar. 9. Un Código en el que no tienen
cabida las personas violentas. 10. Los principios del Derecho de las familias en
Cuba: necesidad de su reconocimiento a través del Código. 11. Parentesco y
liación, de la biología a la socioafectividad: coexistentes sí, excluyentes no. 12.
El matrimonio y la unión de hecho afectiva en el Código de las familias: ¿Qué
tienen en común y en qué se distinguen? 12.1. El matrimonio entre personas
del mismo género: la manzana de la discordia. 13. De la patria potestad a la
responsabilidad parental. La autonomía progresiva de niños, niñas y adoles-
centes. 14. La adopción de niñas, niños y adolescentes: la fórmula que propone
el legislador. 14.1. Un apartado especial para la adopción entre personas del
mismo género: el tema lo merece. 15. Función notarial y Código de las familias:
las claves para entender un nuevo desafío. 16. La mediación en el escenario del
Derecho familiar: urgentes retos que impone el Código. 17. Justicia familiar
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y Código de las familias: entre la continuidad y las nuevas competencias con
una visión de derechos humanos. 18. La teoría de los vasos comunicantes: el
impacto del Derecho de las familias en el Derecho de sucesiones. La cirugía de
mínimo acceso al Código civil. 19. A modo de epítome: Un Derecho familiar
más democrático, más pluralista e inclusivo.
1. TRAS EL ÍTER DEL NUEVO CÓDIGO DE LAS FAMILIAS… LAS HUE-
LLAS DEL PASADO DESDE EL PRISMA DE LA HISTORIA
La gestación de un nuevo Código de las famil ias en Cuba tiene su origen en
los nales de la década de los años 80´y principios de los años 90´, a partir de los
resultados de investigaciones multidis ciplinarias, principalmente des de la Socio-
logía y la Psicología; así como desde la práctica ju rídica que ya venía reconociendo
una serie de problemáticas fa miliares que no tenían cauce sust antivo con los con-
tenidos del Código de famili a de 1975.
Desde la cátedra de Derecho de fam ilia de la Facultad de Derecho de la Uni-
versidad de La Habana, liderada por su profesora principal, la Dra. Olga mesa
Castillo y desde los espacios de debate de la Sociedad Cuban a de Derecho Civil
y de Familia de la Unión Nacional de Jurist as de Cuba –de la cual también era
Presidenta1– se escuchan las primeras voces que plantea n la necesidad de moder-
nizar y adecua r a la realidad la legislación familia r cubana.
La Federación de Mujeres Cubanas también f ue portadora de estas ideas en la
voz de su Presidenta la compañera Vilma espín guillois quien por muchos a ños
coordinó los esfuerzos pa ra la elaboración de una nueva norma jurídico-fami liar.
Sin embargo, la necesidad de una reforma constitucional que abriera las
puertas de un Derecho familiar m ás inclusivo se erigió en un hándicap para que
las propuestas de reformas pudieran presentarse en la Asamblea Nacional del
Poder Popular. No es hasta la proclamación de la Const itución de 2019 –que cons-
tituye un parteaguas en el Derecho cubano– que se inicia la última etapa en la
recodicación del Derec ho familiar cubano.
El proceso para la elaboración del Código de las familias respondió al mandato
constitucional que se encuentra en su Disposición transitoria decimoprimera2 y cons-
1 La que asumiera en 1992 por raz ón del fallecim iento del entonces Presidente D r.
Raúl gómez treto, prec ursor de ideas claves para la reforma al Có digo de familia
de 1975. De este autor, vid. ¿Hacia un nuevo Código de famil ia?, en Revista Cubana
de Derecho, No. 29, junio de 2007, pp. 205-248, texto origin almente publicado en la
propia Revista, año X VII, No. 34, julio-diciembre 1988, pp. 31-74.
2 A cuyo tenor se di spuso que: “Atendiendo a los resultados de la Consulta Popular reali-
zada, la Asamblea Nacional d el Poder Popular dispondrá, en el plazo de dos años de vigencia
de la Constitución, iniciar el proceso d e consulta popular y referendo del proyecto de Código
de Familia, en el que debe gurar la for ma de constituir el matrimonio”.
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tituye expresión de la alta importancia que el Estado brinda a la institución familiar y
a la necesidad de transformar la legislación vigente en esta materia que ya no respon-
día a la diversidad familiar de la sociedad cubana, ni brindaba opciones para solucio-
nar los innumerables conictos existentes que no encontraban amparo en el Derecho.
Los motivos que tuvo la Asamblea Nacional del Poder Popular para dispo-
ner la consulta popula r y el referéndum del Código de las familias, como la propi a
Disposición transitoria decimoprimera i ndicada estuvieron dados por “los resul-
tados de la consulta popular re alizada”.
Téngase en cuenta que en dicha consu lta, sobre el matrimonio entre dos per-
sonas (artículo 68 del Proyecto del texto const itucional) se realizaron 192 408 pro-
puestas3, lo que representó el 24,57% del total de propuestas em itidas4 en 88 066
re uni one s (66%) .
La redacción que  nalmente adoptó la Constituc ión fue amplia, abarcadora
y muy inclusiva en materia fam iliar con nueve artículos (81 al 89) que parten de un
elemento de alt a signicación: el reconocimiento a los diversos tipos de familias
existentes en la soc iedad cubana.
La Asamblea Nacional del Poder Popular consideró, a partir de todo el de-
bate, que los temas vinculados a las familias eran de una gran t rascendencia e
impacto social y que el conten ido integral de este Código debía ser debatido y
aprobado por la población, de la misma manera que s e hizo con la Constitución.
Poco más de un mes después de proclam ada la Constitución de la República
de Cuba de 2019 –el 10 de abril de ese año– se constituyó por el Min istro de Justicia
el grupo temporal inter sectorial y multidisciplina rio que comenzó a trabajar en la
propuesta inicia l de un nuevo Código de las familias. Ya avanzada esta propuesta,
en marzo de 2021 se constit uyó ocialmente l a Comisión redactora5.
3 Su stituir dos persona s por un hombre y una mujer (158 mil 376), sustituir por el con-
tenido de la Constituc ión de 1976 (18 179), eliminar e l párrafo (6 281), relacionados
con parejas del mi smo género y los hijos (5 128). Fuente: Información a la Asamblea
Nacional del Poder Popular de su Sec retario Homero Acosta Álvarez. Di sponible en
http://www.cubadebate.cu/noticias/2018/12/18/presentan-cambios-en-el-proyec-
to-de-con stitucion-derivados -de-la-consulta-popu lar/, consultado el 12 de oct ubre
de 2022.
4 Se re alizaron 133 681 reuniones con u na participación de 8 945 521 personas, en la s
que intervi nieron 1 706 872. Se reali zaron 783 174 propuestas, de ella s 666 995 para
modicaciones, 32 149 adiciones, 45 548 e liminaciones y 38 482 dudas. Fuente: I nfor-
mación a la Asamblea Nacion al del Poder Popular de su Se cretario Homero Acost a
Álvarez. Disp onible en http://www.cubadebate.cu/noticias/2018/12/18/presen-
tan-cambios- en-el-proyecto-de -constitucion- derivados-de-la-con sulta-popular/,
consultado el 12 de octubr e de 2022.
5 Acuerdo No. 149/2021 del Consejo de Estado de la República de Cuba, en Gace-
ta O cial de la República de Cuba, No. 46, Ordinar ia, de 30 de abril de 2021 (GOC-

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