Moralidad y sistema internacional - Orden y caos entre las naciones - Libros y Revistas - VLEX 976550854

Moralidad y sistema internacional

AutorEdmundo Castillo Salazar
Cargo del AutorProfesor de la Universidad Americana
Páginas115-134
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Capítulo VII
MORALIDAD Y
SISTEMA INTERNACIONAL
I) EL DILEMA DEL CIENTÍFICO O DEL MISIONERO: O LA CONTAMI-
NACIÓN DEL MÉTODO
Loslósofos,talladoresdepiedrasconfraseshiperbólicas,niegan-ensuma-
yoría- la existencia de la moral en la política y, a fortiori, en la política internacional.
Con todo, el común de la gente sostiene, casi mayoritariamente, lo contrario. Los
unos, llegan a esta convicción a base de teoremas; los otros, a base de unos ideales
casi que instintivos. Schopenhauer, el pensador solitario de los ojos vitriólicos, sos-
teníaquelaviolenciafísicaeraloúnicoqueteníaunaecaciadirectapararegularla
convivencia social, y que cuando se trataba de convencer a los hombres para actuar
en contra de sus propios intereses, apelando únicamente a la razón y la justicia, “…
saltaría a la vista la impotencia de las fuerzas meramente morales, pues no se obtendría otra
respuesta que carcajadas de burla”.139
De entrada, entonces, se percibe uno envuelto en un hálito de desdén y escep-
ticismo cuando enfrentado a sostener la relevancia y peso de la moral en las rela-
ciones internacionales. Sin embargo, la idea moral muestra siempre su ser pertinaz,
negándose a desaparecer de las relaciones entre las naciones, taladrando siempre
las conciencias culpables de los malvados. Ocurre a nivel individual y ocurre tam-
bién a nivel colectivo entre las naciones.
El tema de la “moral internacional” es, si acaso, el más complejo en el estudio
de las relaciones internacionales. Además de los problemas semánticos (¿ética o
moral?), se asoman también problemas conceptuales: ¿todo sujeto de derecho debe
necesariamente exhibir una conducta moral?; ¿los Estados actúan en función de
intereses”; de “deberes morales”; o de ambos a la vez? Y si hay contradicción entre
estos, en un caso concreto, ¿cuál debe privilegiarse? ¿quién lo decide?
Y si la respuesta a la pregunta anterior fuere positiva, y concluyéramos que
hay espacio para la moral en la conducta de los Estados (y no está tan claro como
139 Schopenhauer, Art hur: “Paralipómena”. Sección 127, en antología “El Arte de In sul-
tar”, Biblioteca EDAF, Madrid, 2000. Pág. 99.
Edmundo Castillo salazar
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parece): ¿cuáles serían los parámetros utilizados para exigir a los Estados una con-
ducta moral? Para la determinación de lo anterior, ¿nos correspondería situarnos
desdelaperspectivadellósofoexquisitoodelprosaicohombrecomún?¿cuálse-
rían este tipo de conductas que no podrían dejar de exigírseles a los Estados en el
plano de la “moralidad internacional”.
Finalmente, se presenta también el problema de la fuerza atractiva de la mo-
ral, que hace que -al estudiarla- el observador difícilmente pueda sustraerse del
objeto estudiado, contaminando su análisis de afectos y desafectos.
Y es que la discusión de la “moral” es un tema que compromete; que arrastra
hacia el objeto, que no puede así ser diseccionado y estudiado con toda sobriedad y
objetividad como se estudia el comportamiento de los ratones. Por eso, asistía razón
al historiador inglés, E.H. Carr, cuando decía que “…los estudiosos de la moral interna-
cional, por lo general, han preferido el papel del misionero al del cientíco”.140
I) Elusoinstrumentaldela“moral”
El análisis de la “moralidad internacional” también pierde sobriedad y credibi-
lidad cuando esta se invoca interesadamente en contextos de crisis políticas o de
contenciosos jurídicos, para imponerla sobre “deberes jurídicos” que, entonces, se
exhiben como expresión de normas “desubicadas” de la realidad del poder, o como
normas “insensibles” a la realidad de la justicia. Veamos un ejemplo de cada una de
estas situaciones:
- Laguerradeagresión comoexcusa parapreservar lapropia subsistencia
del Estado
¿Podría un Estado invocar su “derecho a la autoconservación” (entendido como
el “interés nacional” por antonomasia) para atentar contra la independencia política
y la integridad territorial de otro Estado y agredirlo militarmente?
Si subordináramos la “moral internacional” al “interés nacional”, la respuesta
tendría que ser positiva y concluir, por ejemplo, que tal acto de agresión estaría
justicado,pues la autoconservación del Estado” se sitúa por encima de cualquier
consideración moral.
Si, por el contrario, sostuviéramos una tesis diferente y subordináramos el “in-
terés nacional” a la “moral internacional”, dicho acto de agresión sería, decididamente,
injusticado.Entalsupuesto,sediríaquelos“supremos” intereses geopolíticos de
un Estado no pueden imponerse sobre la autodeterminación de las naciones o sobre
la prohibición de la guerra de agresión como recurso político. ¿Es lo que hace la
Federación Rusa respecto de la República de Ucrania?
140 Ca rr, E.H.: “La Crisis de Veinte Años: La Moral en Polític a Internacional”. Selección
en la obra antológica de Hoffm an, Stanley: “Teorías Contemporáne as sobre las Rela-
ciones Internac ionales”. Editorial Tecnos, Madrid. Sin dato de edición, 1963. Pág. 310.

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