¿Prisión por deudas?. Un estudio interdisciplinar. El caso argentino - Tratado de derecho constitucional multidisciplinar - Libros y Revistas - VLEX 976552824

¿Prisión por deudas?. Un estudio interdisciplinar. El caso argentino

AutorFlorez Rodolfo R./Waissman Juan I.
Cargo del AutorAbogado U.C.A. (diploma de honor)/Doctor en Derecho de la Universidad de Buenos Aires
Páginas335-350
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¿Prisión Por deudas?. un estudio interdisciPlinar.
el caso argentino
CAPÍTULO XV
¿PRISIÓN POR DEUDAS?. UN ESTUDIO INTERDISCIPLINAR.
EL CASO ARGENTINO
Rodolfo Rodrigo Florez
1
Juan Ignacio Waissman
2
I.- PRELUDIO.
Encaramos el presente convite con una misión particular que se reere es-
pecícamente a la aplicación de la regla en la República Argentina, pero sin
olvidar dos pautas que nos parecen relevantes, a saber:
En primer lugar, la ubicación metodológica con la que se inaugura el
plexo que contiene los trabajos (constitucional multidisciplinar) y;
en segundo término, la potencialidad de que el tema emprendido derra-
me en otros países por coincidencia de aristas que lo motivan.
1 Abogado U.C.A. (diploma de honor), Especialista derecho penal y tributario, jefe del
Equipo de Investigaciones Patrimoniales del Cuerpo de Investigaciones Judiciales del
M.P.F.C.A.B.A., Titular de Catedra en el Instituto Universitario de la Policía Federal
Argentina, Profesor ayudante en el Universidad de Buenos Aires, Facultad de Ciencias
económicas, Profesor de la Universidad de Buenos Aires, en el Curso de Postgrado de
Derecho Penal Tributario, Profesor de la Carrera de Especialización en Derecho Penal,
Contravencional y de Faltas de la UNSAM. Publicista de artículos y capítulos en distintas
publicaciones concernientes a penal tributario y lavado de activos de origen delictivo.
2 Doctor en Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Abogado. Especialista en Dere-
cho Tributario (UBA). Doctor en Derecho (área: Derecho Fiscal). Docente de la Maestría
de Derecho Tributario (UBA). Profesor de grado y posgrado de diversas universidades.
(UBA, UNLZ, UA, UNR, UNS, USAL, etc.), Jurado de tesis doctorales y de maestría. Di-
rector del Instituto de Derecho Tributario de la Asociación Argentina de Justicia Cons-
titucional (AAJC). Secretario Académico del Centro de Abogados de AFIP. (CA-AFIP).
Miembro con categoría ACTIVO de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales (AAEF).
Co-Coordinador de la Comisión de Derecho Penal Tributario de la Asociación Argentina
de Estudios Fiscales (AAEF). Miembro del Colegio de Abogados de la Capital Federal.
Publicista.
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Rodolfo RodRigo floRez/Juan ignacio Waissman
Creemos también que la sugerencia de abordaje, a partir de enfoques adicio-
nales
3
, agrega riqueza a la propuesta.
En esa tónica propondremos, a partir de un disparador general
4
dos posi-
ciones dogmáticas que lo ubican o acercan al tema elegido.
II.- UN POCO DE HISTORIA.
Si bien no es el objeto central del presente trabajo de investigación, siempre
resulta útil hacer un análisis temporal del surgimiento de la gura objeto de
estudio, para situar al lector en tiempo y en espacio.
De dicha pesquisa surge un origen normativo claro –existen sin dudas pre-
cedentes pre normativos- que se rastrean hasta la antigua roma con la imple-
mentación de la ley Poetelia Papiria, donde a partir de determinados extremos
–sujeción al cumplimiento de una obligación convenida- podía el acreedor
hacerse del deudor para venderlo eventualmente como esclavo fuera del ejido
romano.
Se verican también otros reejos posteriores a la prisión por deudas en di-
versas culturas, sin embargo, más allá del detalle de persistencia cabe señalar
que fue la Revolución Francesa (1789) la que puso coto nal a esta posibilidad
como único argumento.
El mismo vértice recoge Foucault
5
al señalar: “A lo cual hay que agregar toda-
vía las publicaciones más o menos directamente originadas en la prisión y redactadas
ya por lántropos, como Appert, ya un poco más tarde por “especialistas” (así los
Annales de la Charité),343 ya también por ex detenidos: Pauvre Jacques al nal de la
Restauración, o la Gazette de Sainte-Pélagie en los comienzos de la monarquía de Ju-
lio.”; con la remisión a la cita de 1833: “Aunque estos periódicos hayan sido sobre
todo órganos de defensa de los presos por deudas y en repetidas ocasiones hayan mar-
cado sus distancias con respecto de los delincuentes propiamente dichos, se encuentra
la armación de que “las columnas de Pauvre Jacques no están consagradas a una
especialidad exclusiva. La terrible ley de la prisión por deudas y su funesta aplicación
no será el único tema de ataque del preso periodista... “Pauvre Jacques paseará la aten-
ción de sus lectores por los lugares de reclusión, de detención, por los correccionales,
por los centros de refugio, y no guardará silencio en cuanto a los lugares de tortura
en los que se somete a los suplicios al hombre culpable, cuando la ley no lo condena
más que a los trabajos...” (Pauvre Jacques, año 1, núm. 7.) Igualmente, la Gazette de
Sainte Pélagie milita en pro de un sistema penitenciario que tendería a “la mejora de
la especie”, siendo cualquiera otro “expresión de una sociedad todavía bárbara” (21
de marzo de 1833).”
3 Se sugieren enfoques sociológicos, losócos, económicos, de administración, etc.
4 La apropiación indebida de tributos como delito especial propio
5 Foucault, Michel, “Vigilar y castigar. El nacimiento de la prisión”, Editorial Siglo XXI,
Buenos Aires, 2003, Pagina 215 y siguientes.

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