Introducción - Tratado de derecho constitucional multidisciplinar - Libros y Revistas - VLEX 976552756

Introducción

AutorJorge Isaac Torres Manrique
Cargo del AutorDirector General
Páginas19-21
19
TraTado de derecho consTiTucional mulTidisciplinar
INTRODUCCIÓN
Comúnmente se acepta sin admitir prueba en contrario, que los principios
de los ordenamientos jurídicos, en razón de su naturaleza de otorgar segu-
ridad jurídica, devienen en invariables, insustituibles, inobservables, irrem-
plazables. No obstante, ello resulta ser lejos de lo que realmente obedece a
sentido y objeto de actuación. Sobre todo, si lo vemos desde el balcón de una
trepitante sociedad y desarrollo contemporáneos.
En ese sentido, contrariamente es de verse, que el tiempo modica los prin-
cipios fundamentales igual que cambia las reglas del derecho. Los principios
deben necesariamente cambiar porque no constituyen de ningún modo ca-
tegorías lógicas, sino que son la concentración de las reglas materiales, y las
reglas cambian con las relaciones. Creer en la inmutabilidad de los principios
acredita falta de sentimiento crítico para el estudio de la historia.
1
Ello en razón a que, los principios generales de los pueblos indígenas se
subordinan y tienen que sintonizar con lo contemplado por los principios ge-
nerales del derecho.
Así, no se conoce perfectamente un arte si no se conocen sus principios
—como arma Baldo degli Ubaldi en su Comentaria in digestum vetus: etiam
quia non perfectae novit artem quia non movit principia artis (1, 1, 1)—. Los princi-
pios generales, bien sea encontrados o formulados de acuerdo con una u otra
perspectiva, con una u otra orientación, están en la base del sistema jurídico
como parte fundante, potissima, que explica y orienta lo que sigue, como un
sello característico de un sistema en devenir histórico moldeado por y para los
hombres (hominum causa), mejorado cotidianamente por obra de los juristas.
Se trata de un sistema en desarrollo, cuyos momentos de jación a lo largo del
tiempo marcan el paso de una época y, sobre la base de lo anterior, impulsan
el siguiente paso hacia nuevos momentos de jación, de estabilización del
derecho mediante la armonización jurídica. Esto es posible con el vehículo de
los principios, guiado por los juristas.
2
Luego, es justo dejar en claro, que, en la formación y desarrollo del dere-
cho, los principios generales del mismo (y, por ende, los principios genera-
les de los pueblos indígenas), siempre se han desnvuelto y se desenvolverán,
en el marco de una encomiable naturaleza directriz, edicadora, garante, de
1 MONROY GÁLVEZ, Juan F. La formación del proceso civil peruano. Palestra editores. Lima.
2004, p. 292.
2 CHAMIE, José Félix. Notas sobre algunos principios generales del derecho: Una reexión a partir
de principios generales y su inuencia en las obligaciones en la experiencia jurídica colombiana. En
línea: recuperado en fecha 31/07/22 de http://www.scielo.org.pe/pdf/derecho/n80/
a06n80.pdf, Lima, 2018, p. 224.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR