La experimentación científica con células madre embrionarias - Tratado de derecho constitucional multidisciplinar - Libros y Revistas - VLEX 976552880

La experimentación científica con células madre embrionarias

AutorAlcides Antúnez Sánchez
Cargo del AutorProfesor Auxiliar de Derecho Internacional. Máster en Asesoría Jurídica. Universidad de Granma. Cuba
Páginas657-670
657
La experimentación científica con céLuLas madre
embrionarias
CAPÍTULO XXXI
LA EXPERIMENTACIÓN CIENTÍFICA CON CÉLULAS MADRE
EMBRIONARIAS
Alcides Antúnez Sánchez
1
1. LAS CELULAS MADRE EMBRIONARIAS. LA INVESTIGACIÓN
CIENTÍFICA
Los nales del siglo XX y comienzos del XXI, marcan la irrupción de la
ciencia en la vida del hombre; su desarrollo, con inuencia positiva, ha facili-
tado mejorar la especie humana. Empero, la ciencia no ha sido aliada del pro-
greso, suscita temores por su poder y alcance en la intervención del cuerpo
humano en sus diferentes estadios del desarrollo biológico. La intervención
de embriones, como práctica en la búsqueda de posibilidades eugenésicas,
cura enfermedades hereditarias y, enfrenta problemas de reproducción asis-
tida. Desde su descubrimiento, las células madre embrionarias han sido una
herramienta en numerosos campos de la biomedicina.
El uso de embriones humanos en acciones terapéuticas o en investigacio-
nes con el n de modicar genéticamente la especie humana no está libre de
riesgos, muchos lo ven desde una óptica conservadora al plantear “jugar a ser
Dios”. Es un apotegma con diversas lecturas.
Se conoce por Nascitūrus “el que va a nacer”, término jurídico que designa
al ser humano desde que es concebido hasta su nacimiento, al concebido y no
nacido. En diversas legislaciones, el nascitūrus no tiene personalidad jurídica
en los ordenamientos jurídicos. Dado que generalmente la adquiere al nacer,
en ciertas circunstancias se le reconocen una serie de
derechos
. Se encuentra
protegido por el
ordenamiento jurídico,
considerado como “un bien jurídico
necesitado de tutela”. Una vez acontecido el nacimiento, las legislaciones re-
conocen constitucionalmente derechos a la persona nacida.
En el
Derecho Romano
, al nascitūrus no se lo consideraba
persona
, por lo que
en la
Antigua Roma
el
aborto
estaba permitido; sin embargo, se le reconocían
1 Profesor Auxiliar de Derecho Internacional. Máster en Asesoría Jurídica. Universidad de
Granma. Cuba.

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