Ciberacoso de género. ¿Virtual o real? - Tratado de derecho constitucional multidisciplinar - Libros y Revistas - VLEX 976552877

Ciberacoso de género. ¿Virtual o real?

AutorCatalina Ruiz-Rico Ruiz
Cargo del AutorProfesora Titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Jaén
Páginas635-654
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CiberaCoso de género ¿virtual o real?
CAPÍTULO XXX
CIBERACOSO DE GÉNERO ¿VIRTUAL O REAL?
Catalina Ruiz-Rico Ruiz
1
1. INTRODUCCIÓN
La actual digitalización del maltrato y la violencia presenta una dimen-
sión constitucional por su impacto lesivo en los derechos fundamentales. Las
agresiones y discriminación se expanden a través de las nuevas tecnologías,
victimizando especialmente a niñas y mujeres. En particular, el ciberacoso y
sus múltiples manifestaciones vulneran los derechos de igualdad, a la inte-
gridad moral, dignidad o libre desarrollo de la personalidad, y plantean una
protección reforzada por razón de sexo y género.
El reconocimiento de un ciberacoso sexista posibilitaría la traslación al ám-
bito virtual de la agravante de género, así como la aplicación de medidas pre-
ventivas. Al margen de ensanchar la delimitación de la violencia de género
más allá de las relaciones de pareja, con objeto de evitar un agravio compara-
tivo, e incluso, efectos discriminatorios entre las víctimas de acoso y violencia
en las redes.
El riesgo de plurivictimización desde una perspectiva de género por la con-
currencia de acoso presencial y virtual mediante móvil, correo electrónico y
cualquier otro medio tecnológico cuestiona la agravación de los delitos y con-
ductas penales. El incremento de la vulnerabilidad y daño moral por la difu-
sión en las redes exige una respuesta jurídica proporcionada a la indefensión
de las víctimas
2
.
1 Profesora Titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Jaén.
2 Vid., AA.VV., Conducta bullying y su relación con la edad, género y nivel de formación
en adolescentes, Psicogente, 13 (23): pp. 13-26. Junio, 2010. Universidad Simón Bolívar.
Barranquilla, Colombia. ISSN 0124-0137 EISSN 2027-212X http://www.unisimonbolivar.
edu.co/rdigital/psicogente/index.php/psicogente, admite que tradicionalmente se ha
observado que las formas de maltrato entre las mujeres encajan dentro de la dinámica
conocida como Agresión Relacional caracterizada por un mayor número de hostilidades de
tipo social y psicológico que se puede presentar en las relaciones sociales de las mujeres
de todas las edades y niveles de formación.
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Catalina Ruiz-RiCo Ruiz
2. CIBERACOSO Y MALTRATO VIRTUAL DE GÉNERO
Las nuevas tecnologías posibilitan la dominación entre sexos y pueden
agravar la desprotección de las víctimas
3
. En particular, la dominación de
las mujeres y su subordinación a través de las redes sociales se facilita por el
anonimato y la ocultación del agresor, la permisividad y superior tolerancia
a las agresiones virtuales. Sin embargo, el daño a la víctima se multiplica por
la propagación y difusión de la violencia y la posible conuencia del acoso
presencial y ciberacoso..
Respecto de esta última tipología, denominada acoso mixto, un estudio del
Centro de Investigación Infantil contra Crímenes de la Universidad de New
Hampshire señala que los episodios mixtos, los que se producen tanto en persona
como a través de elementos tecnológicos, son más propensos que los que emplean
sólo la tecnología a involucrar a los autores que sabían cosas embarazosas
sobre la víctima, se producen en diversas ocasiones, duran un mes o más,
implican daño físico y comienzan como broma antes de convertirse en algo
más grave. Una tendencia, la del acoso mixto, al alza y cuyo aumento preocupa
sobremanera debido a que aumentan la duración y las lesiones, mientras
que facilita la participación de múltiples autores, por lo que la víctima sufre
un mayor daño.
Según datos de la Fiscalía la gran incidencia las nuevas tecnologías, evidente-
mente van en aumento, en todas sus modalidades, delitos contra la integridad moral,
descubrimiento y revelación de secretos, amenazas y otros, así como destaca la distri-
bución entre menores de fotografías de ellos y sobre todo de ellas desnudos/as, incluso
entre menores de 14 años.
En particular, el ciberacoso presenta un impacto de género como admite
una encuesta de 2014 a cargo del Pew Research Center de los Estados Uni-
dos (8), concluyendo que las mujeres se enfrentan en una proporción muy
superior a la de los hombres, a formas graves de ciberacoso, en concreto, de
ciberhostigamiento y de acoso sexual en línea
4
.
Esta tesis se corrobora en otros estudios: “las pruebas documentales que
se van acumulando indican que existe un fenómeno creciente que afecta de
manera desproporcionada a las mujeres y las niñas, con graves repercusiones
3 Donoso-Vázquez, T/ Rubio Hurtado, M.J./ Vilà Baños, R., Las ciberagresiones en función
del género…, cit., doscientos, pág. 200, las redes sociales y los nuevos espacios virtuales
proporcionan a agresores y acosadores un nuevo campo de acción con nuevas posibilida-
des y facilidades.
4 Desde los primeros estudios realizados hasta entonces en los países pioneros en la inves-
tigación sobre el bullying, Noruega, Suecia y Finlandia, se evidenció que había un mayor
número de implicados varones que mujeres como en el Estudio Nacional Noruego de
1983 realizado por Olweus (1999). Otro aspecto a tener presente en el estudio del cibera-
coso son las diferencias de género ya que los resultados al respecto no son concluyentes.
Así, mientras que algunos trabajos no encuentran un nexo estadístico entre ciberacoso y
género (Finn, 2004), otros si lo encuentran (Li, 2006) y apuntan a que los chicos (en compa-
ración con las chicas) suelen ser los que cometen más actos de ciberacoso, y las chicas (en
comparación con los chicos) suelen ser las víctimas mayoritarias de este tipo de violencia
(Burgess-Proctor & al., 2009; Calvete & al., 2010; Estévez & al., 2010; Félix-Mateo & al.,
2010; Finn & Banach, 2000).

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