Separación judicial de bienes - Competencia. Juzgados de Familia. Quinta edición, 2023 - Libros y Revistas - VLEX 972442139

Separación judicial de bienes

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Páginas579-585
COMPETENCIA JUZGADOS DE FAMILIA
579
-
CONCEPTO.
Es la que se produce en virtud de
, en demanda de la mujer en los casos determinados
por ley.
Tiene su origen en el , que autorizaba a la
mujer para exigir la de la “ ”, por mala
administración.
- S , ya que es un medio de defensa
para ella de los actos del marido, que es el jefe de la sociedad
conyugal y respecto de terceros dueño de los bienes sociales.
- FDice el art.153 del Código Civil:
“La mujer no podrá renunciar en las capitulaciones la facultad de
pedir la separación de bienes a que le dan derecho las leyes”.
Sería un acto prohibido por ley, al tenor de la correlación de los
art.10, 1466, 1682 del Código Civil (objeto ilícito Renunciar en
ese momento dice , significaría en cierto modo una
condonación del dolo futuro.
- Es IMPRESCRIPTIBLE.
- Procede sólo por las
ENUMERADAS por el legislador. Nunca por mutuo acuerdo.
- A pesar de darse las causales para pedirla, la MUJER
R, lo que no implica su renuncia.
- Puede intentar la acción, ningún
aporte al matrimonio, ya que lo que ella
.
- La ser autorizada por un
- para poder pedir la separación. (Art.154 del Código Civil
- Es siempre
- tramitación se realiza a través del
. (Art.8 Nº14 letra a) y 55 de
Capítulo XXIV
SEPARACIÓN JUDICIALES DE BIENES

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