Bienes familiares - Competencia. Juzgados de Familia. Quinta edición, 2023 - Libros y Revistas - VLEX 972442059

Bienes familiares

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Páginas207-220
COMPETENCIA JUZGADOS DE FAMILIA
207
-
ANTECEDENTES.
Los bienes familiares fueron introducidos por la Ley 19.335
al Código Civil, en el Título VI del Libro I, como párrafo 2.
“El inmueble de propiedad
de ambos cónyuges o de alguno de ellos, que sirva de
, y los
podrán ser declarados bienes familiares y se regirán entonces,
por las normas de este párrafo cualquiera que sea el régimen de
bienes del matrimonio.
El a los interesados a la .
Si no se de, el
. En , o si el juez considerase que faltan
antecedentes para resolver, u
Con todo, la sola
interposición
de
o. En su primera
resolución el juez dispondrá que se
El
practicará la
Para los , los cónyuges
i
El cónyuge que hiciere fraudulentamente la declaración a
que se refiere este artículo, deberá indemnizar los perjuicios
causados”.
CONCEPTO.
Son los constituidos por el inmueble que sirve de residencia
principal a la familia, y los muebles que guarnecen el hogar, y que
hayan sido declarado como tales por el juez, los derechos y
acciones que los cónyuges tengan en sociedades propietarias del
inmueble que sea residencia principal de la familia.
Capítulo VIII
BIENES FAMILIARES

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