Capítulo XXXVII: Aspectos procesales del contrato de compraventa como Título en su calidad de contrato sinalagmático - Segunda parte - La compraventa - Libros y Revistas - VLEX 951354110

Capítulo XXXVII: Aspectos procesales del contrato de compraventa como Título en su calidad de contrato sinalagmático

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LA COMPRAVENTA
enajenación en el caso que la condición constaba en el título respectivo,
inscrito u otorgado por escritura pública y si los jueces de la causa no
han establecido ningún hecho que acredite que el adquirente del inmue-
ble estuviera de mala fe al comprar la propiedad, debe reputarse que la
adquirió de buena fe, conforme al precepto del artículo 707 del Código
Civil. Si al tercero que está de buena fe, se le hizo la tradición del inmue-
ble y él inscribió su título en el correspondiente Registro del Conserva-
dor, su posesión es regular y habiendo poseído el inmueble por más de
cinco años, procede acoger la excepción de prescripción adquisitiva or-
dinaria opuesta por él y negar lugar a la restitución del inmueble”
(978)
.
547. ASPECTOS PROCESALES DE LOS ARTÍCULOS 1490 Y 1491.
En un mismo juicio, puede entablarse la acción resolutoria contra el
comprador y la reivindicatoria contra el actual poseedor. Esta circunstan-
cia de economía procesal ha sido reconocida por nuestra Corte Suprema,
porque la acción reivindicatoria es una consecuencia natural y lógica de
la acción resolutoria y no son, por tanto, incompatibles
(979)
. Somarriva,
analizando esta sentencia, ha expresado que esta cuestión está expresa-
mente resuelta en este sentido en el artículo 17 del Código de Procedi-
miento Civil y precisamente, Leopoldo Urrutia, miembro de la Comisión
Revisora de este Código, para explicar el artículo, ponía el caso que se
entablaran conjuntamente la acción resolutoria y la reivindicatoria
(980)
.
CAPÍTULO XXXVII
Aspectos Procesales del Contrato de Compraventa como
título en su calidad de Contrato Sinalagmático
548. MÉRITO EJECUTIVO DEL TÍTULO CONSTITUIDO POR UN
CONTRATO BILATERAL O SINALAGMÁTICO. JURISPRU-
DENCIA.
Aun cuando un contrato bilateral se haya celebrado por escritura
978.
RDJ. Tomo 45, sec. 1a., p. 324.
979.
RDJ. Tomo 21, sec. 1a., p. 616.
980.
Somarriva U., Manuel. Las Obligaciones y Contratos ante la Jurisprudencia, Ob. cit.,
Nº 22, p. 21.

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