Capítulo VIII: Consentimiento sobre cosa y precio - Segunda parte - La compraventa - Libros y Revistas - VLEX 951353765

Capítulo VIII: Consentimiento sobre cosa y precio

Páginas190-201
RAÚL DÍEZ DUARTE
190
Por último, en cuanto a la sanción que acarrea la infracción del ar-
tículo 2144, se ha discutido si es nulidad absoluta o nulidad relativa.
En favor de la primera tesis, se ha fallado diciendo que hay objeto
ilícito por ser una disposición prohibitiva
(283)
.
En apoyo de la segunda tesis y en atención al hecho que el artículo
2144 no sería prohibitivo en forma absoluta, pues la misma disposición
contempla la condición en que sería válida la compra -autorización del
mandante- y que, en consecuencia, estaría establecida en atención a la
calidad de las partes, dicha nulidad sólo sería relativa
(284)
.
Alessandri, sostiene que: “La compraventa realizada en contraven-
ción al artículo 2144 del Código Civil es nula relativamente. No se trata
de un acto prohibitivo por la ley, sino de un acto autorizado y permitido
por ella, si bien bajo ciertas condiciones. Acto prohibido es el que no
puede realizarse en forma alguna, bajo ningún respecto. El que puede
celebrarse llenando ciertos requisitos no lo es; por el contrario, es per-
mitido
(285)
.
CAPÍTULO VIII
Consentimiento sobre cosa y precio
132. CONCEPTO DE VOLUNTAD Y CONCEPTO DE CONSENTI-
MIENTO.
La diferencia entre estos dos conceptos consiste en que el primero
puede existir por sí solo y el consentimiento requiere la presencia de dos
voluntades, de dos partes que convengan en algo, o sea, el cum sentire.
La voluntad es propia de todo acto jurídico unilateral, como, a su vez,
el consentimiento es propio de todo acto jurídico bilateral o convención.
Estas diferencias conceptuales se deducen de los términos literales de
los artículos 1445, 1451 al 1458, del título 2°, del Libro IV, que trata de los
actos y declaraciones de voluntad.
283.
Tomo 12, sec. 1ª, p. 138.
284.
RDJ. Tomo 24, sec. 1, p. 93; RDJ. Tomo 36, sec. 2ª, p. 33.
285.
Alessandri R., Arturo. Artículo citado. RDJ. Tomo 28, Primera Parte, p. 5 y sgts.

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