La intermediación laboral en Cuba. Consideraciones críticas sobre su aplicación pasada, presente y futura - El derecho del trabajo apuntes para una teoría crítica desde Cuba - Libros y Revistas - VLEX 976426877

La intermediación laboral en Cuba. Consideraciones críticas sobre su aplicación pasada, presente y futura

AutorSandys Menoya Zayas
Cargo del AutorDoctor en Ciencias Económicas, Licenciado en Economía y en Derecho
Páginas65-106
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La intermediación LaboraL en cu ba. consideraciones críticas so bre su
apLicación pasada, presente y futura
la intermeDiaciÓn laBoral en cuBa. conS iDeracioneS críticaS
SoBre Su aPlicaciÓn PaSaDa, PreSente y F utura
Sandys Menoya zayas1
i. introDucciÓn
La adaptación a un mercado cambiante, competitivo y exible requiere
también estrategias y estructuras organizativas empresariales de corte exi-
ble, incluyendo nuevos métodos de organización del trabajo y nuevas formas
de contratación, capaces de transformar los sistemas productivos y coadyuvar
a la toma de decisiones rápidas y ecaces. En este contexto, las clásicas funcio-
nes de un Derecho del Trabajo tuitivo se ven desconguradas, produciéndose
lo que Martín Valverde bautizó como “huida del Derecho Laboral”2 hacia la
utilización de mecanismos descentralizadores de los servicios laborales.
Esos cambios en la gestión empresarial han sido llamados de distintas for-
mas, no habiendo un término unívoco ni un desarrollo doctrinario que haya
adoptado un vocablo uniforme para calicarlos. Se les suele denominar ter-
cerización, intermediación laboral, subcontratación, externalización de activi-
dades, descentralización productiva; trayendo consigo una suerte de impreci-
sión conceptual que afecta la regulación jurídica de dicho fenómeno3, pero en
todos los casos en respuesta a la existencia de un vínculo trabajador-empresa
acotado en el tiempo o ajustado a unas categorías especícas de actividades o
servicios a realizar para un tercero.
La intermediación laboral nace como consecuencia de la apertura de los
mercados y el crecimiento de la economía. Históricamente se desarrolla a tra-
vés de la última mitad del siglo XX, tras el libre comercio que surgió en la
1 Doctor en Ciencias Económicas, Licenciado en Economía y en Derecho. Profesor Titular
de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Facultad de Ciencias Sociales y Humani-
dades, Universidad de Pinar del Río (Cuba).
2 Este concepto fue enunciado por Martín ValVerde en su artículo denominado “El discre-
to retorno del arrendamiento de servicios” en Cuestiones actuales de Derecho del Traba-
jo. Estudios ofrecidos por los catedráticos españoles de Derecho del Trabajo al profesor
Manuel Alonso Olea, editado por Centro de Publicaciones, Madrid, Ministerio de Traba-
jo y Seguridad Social, 1999, pp. 209-236.
3 torres taFur, C.N., “La intermediación laboral: mecanismo de descentralización produc-
tiva y su regulación jurídica en el Perú”, Laborem 10 (s/f), https://www.spdtss.org.pe/
wp-content/uploads/2021/09/Laborem10-442-465.pdf, p. 464.
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SandyS Menoya ZayaS
época post II Guerra Mundial, apertura que permitió la expansión de la pro-
ducción de las empresas, naciendo con ello la especialización. Por lo tanto, la
intermediación laboral no es más que una consecuencia natural del mercado
en el que ha germinado la división del trabajo y la especialización en la pres-
tación de servicios4.
De manera general se puede denir a la intermediación laboral como la
actividad mediante la cual una empresa denominada usuaria contrata los ser-
vicios de otra denominada intermediadora para que le suministre o propor-
cione personal sin que exista vínculo contractual con la usuaria y que dichas
labores las cumpla bajo el poder de dirección de la empresa intermediaria.
En el contexto cubano contemporáneo, el punto de partida de esta acti-
vidad se sitúa en el apogeo de la inversión extranjera y con la radicación en
el país de sucursales de sociedades mercantiles extranjeras, para cuyo fun-
cionamiento se consideró necesario establecer un control centralizado en la
asignación y redistribución de fuerza de trabajo en tales ámbitos, dando paso
a la ampliación de la concepción de la entidad empleadora existente hasta
entonces en el país con un enfoque de mera bolsa de empleo propia de un
organismo u organización empresarial especíca, hacia un rol de intermedia-
ción laboral entre los trabajadores asignados y la entidad con capital extran-
jero solicitante de sus servicios. Aparece así la gura jurídica contractual del
contrato de suministro de mano de obra en el contexto jurídico-normativo
cubano, bajo la denominación de contrato de suministro de fuerza de trabajo,
mediante el cual se revistieron las relaciones laborales triangulares entidad
empleadora cubana – empresa usuaria con capital extranjero – trabajadores.
Pero estas instituciones ya resultan limitadas o insucientes a la luz de los
cambios ocurridos en la economía, la sociedad y especialmente en el mundo
del trabajo, tanto a nivel mundial como en Cuba, aun cuando en este contexto
queda mucho por avanzar.
A partir de las ideas esbozadas este trabajo tiene como objetivo analizar el
proceso de intermediación laboral desde el punto de vista teórico-jurídico de
cara a una aplicación más amplia y efectiva en predios cubanos. En este sen-
tido, se caracterizan los mecanismos, formas o instrumentos que se han utili-
zado en el marco jurídico del Derecho del Trabajo correspondiente al periodo
revolucionario; cómo operan las actividades de intermediación laboral y en
qué ámbitos se maniestan o usan, hasta llegar al momento actual en el que
se hace evidente la necesidad de llevar a cabo transformaciones tanto norma-
tivas como prácticas, que a su vez deberán acompañarse de profundizaciones
en el terreno doctrinal, al hilo del Derecho comparado o de las disposiciones
jurídicas internacionales adoptadas en el seno de la Organización Internacio-
nal del Trabajo (OIT). El propósito del autor es precisamente echar un poco
de luz a una temática iuslaboralista escasamente abordada, o cuando menos
4 cando sheVchukoVa, E.A., “La intermediación laboral y las agencias de colocación de
personal en el Ecuador”, Tesis de maestría en Derecho Laboral, Universidad Regional Autó-
noma de los Andes, Ecuador, 2016, https://xdoc.mx/preview/graco-dspace-en-unian-
des-5cfac4c2017dd, p. 28
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La intermediación LaboraL en cu ba. consideraciones críticas so bre su
apLicación pasada, presente y futura
carente de publicaciones cientícas por parte de investigadores del patio, que
revelen la importancia y pertinencia de su tratamiento5.
El cuerpo del trabajo se estructura de la siguiente forma: un primer apar-
tado en el que se discuten las deniciones básicas relacionadas con el concep-
to de intermediación laboral, zanjando dudas terminológicas esenciales para
comprender y desentrañar la naturaleza jurídica de la intermediación labo-
ral, sus enfoques y métodos, sus características y principales herramientas
de aplicación, así como sus ventajas y desventajas más acusadas; un segun-
do acápite donde se analiza el tracto histórico jurídico de la intermediación
laboral, mediante una breve caracterización de los instrumentos normativos
aprobados por la OIT, y se valoran algunas tendencias que se maniestan en
su aplicación perspectiva; y un tercer apartado donde se valora críticamente
el caso cubano en esta materia: el pasado, el presente y el futuro con sus po-
tenciales y retos. Queda hecha la invitación al debate.
ii. ¿colocaciÓn, intermeDia ciÓn laBoral o tercerizaciÓn?
concePtoS BáSicoS a DeBate
a. concePto, enFoqueS y c aracteríSticaS De la inte rmeDiaciÓn
laBoral
La intermediación laboral como mecanismo interno de descentralización
productiva –y también de optimización del mercado laboral– adquiere espe-
cial relevancia con la llegada de las Temporal Hand Service Industry en Esta-
dos Unidos en los años veinte del pasado siglo y desde entonces su crecimien-
to fue en aumento. Asimismo, en Europa, la adaptabilidad de la regulación
jurídica al fenómeno de la descentralización ha sido vertiginoso: en los años
noventa, España y Suecia fueron los últimos países en legalizar esta forma de
contratación, en los otros países era ya una práctica común al considerarla
como un medio adecuado de proporcionar empleo calicado y polivalente,
bajo la guía y el control del Estado.
Según Martín ValVerde, rodríguez-sañudo gutiérrez y gar cía Murcia, “la
acepción de colocación como proceso o conjunto de actividades en el estadio
previo al contrato de trabajo ha sido en los últimos años la prevalente en los
estudios jurídicos y de relaciones laborales”6; pero en el caso español la Ley
5 En este sentido, el autor ha incursionado recientemente en el tema a través de la parti-
cipación en condición de ponente en las XXXIX Jornadas Universitarias Andaluzas de
Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales “Análisis actual de la contratación laboral”,
auspiciadas por el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales y desarrolladas en Cádiz,
España, los días 25 y 26 de noviembre de 2021, con la comunicación titulada “El contrato
de suministro de mano de obra en Cuba: causa, caracterización y conguración legal”
(Disponible en: https://www.juntadeandalucia.es/empleo/carl/portal/c/document_
library/get_le?uuid=bf04ed48-1728-4b3d-a886-27835113cc34&groupId=10128). De di-
cho foro se deriva una monografía que al momento de redactarse esta nota se hallaba en
fase editorial.
6 Martín ValVerde, A., rodríguez-sañudo gutiérrez, F., y garcía Murci a, J., Derecho del Tra-
bajo, Tecnos, Madrid, 2018, p. 483.

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