Capítulo XXX: Las causas de inimputabilidad - Parte tercera - Principios de Derecho Penal. La ley y el delito - Libros y Revistas - VLEX 976399210

Capítulo XXX: Las causas de inimputabilidad

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PrinciPios de derecho Penal. la ley y e l delito
CAPÍTULO XXX
LAS CAUSAS DE INIMPUTABILIDAD
214 - concepto de la iniMpUtaBili dad
Los tratadistas alemanes han delimitado exactamente el lugar que estas
causas ocupan en el sistema jurídico. Tratan los motivos de inimputabilidad
al ocuparse en la imputabilidad (Zurechnungsfähigkeit), en un capítulo o párrafo
inmediato o en el mismo. Así lo hacen Adolfo Merkel, von Liszt, Stooss, Max
Ernesto Mayer y van Calker. En esencia, lo mismo puede decirse de Wachen-
feld, que estudia estas causas al exponer la culpabilidad (Schuldfähigkeit). Dos
de los escritores citados, Stoos y M. E. Mayer, y algún otro, como Augusto
Kohler, las dan idéntico nombre al usado entre nosotros: “estados” o “casos”
de inimputabilidad (Unzurechnungsfähigkeit), mientras que von Liszt, aunque
coincida en el sentido, diere en las palabras empleadas, titulando el pará-
grafo en que expone estas causas: Die Falle der Zurechnungsfähigkeit. Mezger
también considera estas exenciones de responsabilidad como causas en que la
imputabilidad está ausente.
Los criterios de los autores de Italia, Francia y España sobre la metódica de
la inimputabilidad no son tan exactos al deslindar las causas de justicación
de los motivos inimputables, según hemos visto antes (vid. supra, cap. XXV-
185 a).
Desde que los positivistas penales lanzan sus críticas contra la imputabili-
dad y sus formas negativas, son muchos los que han creído que no era preciso
denir la inimputabilidad, puesto que todos los sujetos eran responsables so-
cialmente. De aquí que los exponentes de la escuela positivista italiana pro-
clamasen que el demente y el niño debían ser responsabilizados ante la. ley.
Como se acaba de decir (vid. supra, cap. XXIX, núm. 210), después de me-
ditado serenamente el asunto, hemos vuelto a defender el concepto de impu-
tabilidad en la Psicología, como facultad de conocer el deber. Esto nos obliga
a considerar el aspecto negativo, es decir, los motivos de inimputabilidad.
Podemos denirlos así: Son causas de inimputabilidad la falta de desarrollo y
salud de la mente, así como los trastornos pasajeros de las facultades mentales que pri-
van o perturban en el sujeto la facultad de conocer él deber; esto es, aquellas causas
en las que, si bien el hecho es típico y antijurídico, no se encuentra el agente
en condiciones de que se le pueda atribuir el acto que perpetró.

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