Principio de presunción de inocencia y principio de victimización: una convivencia imposible - Contornos "disruptivos" en el derecho procesal contemporáneo - Contornos disruptivos sobre derecho procesal contemporáneo. Teoría, Dogmática y prueba - Libros y Revistas - VLEX 975269951

Principio de presunción de inocencia y principio de victimización: una convivencia imposible

AutorPerfecto Andrés Ibáñez
Cargo del AutorMagistrado emérito de la Sala Segunda (de lo Penal) del Tribunal Supremo de España
Páginas403-414
403
PrinciPio de Presunción de inocen cia y PrinciPio de victimización: un a
convivencia imPosible
PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y PRINCIPIO DE
VICTIMIZACIÓN: UNA CONVIVENCIA IMPOSIBLE1
Perfecto ANDRÉS IBÁÑEZ*
1. EL PLANTEAMIENTO QUE SE CUESTIONA
El N.º 159 de Revista do Ministério Público incluye un trabajo de la profe-
sora Teresa Lancry A. S. Robalo. En él se pronuncia a favor de la consagra-
ción, como principio, de una presunción de victimización, que considera im-
prescindible para la tutela de la víctima en el proceso penal. Entiende que
este nuevo principio sería compatible con el constitucional de presunción de
inocencia.
Se trata de un texto bien construido y dotado de un cuidadoso soporte
argumental, pero que, a mi juicio, deende una tesis procesal-constitucional-
mente insostenible. Trataré de explicarlo.
La autora parte de la constatación de que la víctima, en la Constitución por-
tuguesa, goza de un auténtico derecho de intervención procesal en su calidad
de ofendida, que le habilita para actuar como asistente o colaborador del Mi-
nisterio Público, en una posición subordinada. Salvo en el supuesto de delitos
de naturaleza particular, en que podría operar con autonomía, en la calidad
de parte acusadora. No obstante, tratándose de los de carácter público o semi-
1 Este trabajo ha sido publicado en Ciencias penales y derechos humanos, Libro homenaje al
profesor Javier Llobet, Editorial Jurídica continental, San José de Costa Rica, 2020
* Perfecto Andrés Ibáñez es magistrado emérito de la Sala Segunda (de lo Penal) del
Tribunal Supremo de España. Ha sido presidente de sección en la Audiencia Provincial
de Madrid, y juez de instrucción y de primera instancia en diversas ciudades españolas.
Fue vocal del Consejo General del Poder Judicial. Ha sido también miembro del Tribunal
Permanente de los Pueblos, tribunal ético internacional que busca difundir casos de
violación sistemática de los derechos fundamentales. Es director fundador de la revista
Jueces para la Democracia. Información y debate. Es colaborador de diversas revistas
especializadas españolas y extranjeras. Ha escrito durante más de treinta años en el diario
El País. El doctor Andrés es autor (de manera individual y en coautoría) de numerosos
libros, monografías y artículos sobre diversas materias jurídicas. Cabe mencionar los
siguientes libros: Justicia/conicto, En torno a la jurisdicción, Justicia penal, derechos y
garantías, Prueba y convicción judicial en el proceso penal, y Cultura constitucional de la
jurisdicción. Es autor de múltiples trabajos sobre poder judicial, garantías jurisdiccionales
y otros temas anes. Ha cuidado la edición de obras colectivas sobre temas jurídicos de
corrupción y jurisdicción. Es autor del prólogo y la traducción de obras de Luigi Ferrajoli
y Piero Calamandrei, entre otros.

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