Jurisdicción de los ciudadanos en los tribunales tradicionales y consuetudinarios del mediterráneo español - Contornos "disruptivos" en el derecho procesal contemporáneo - Contornos disruptivos sobre derecho procesal contemporáneo. Teoría, Dogmática y prueba - Libros y Revistas - VLEX 975269957

Jurisdicción de los ciudadanos en los tribunales tradicionales y consuetudinarios del mediterráneo español

AutorJosé Bonet Navarro
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Procesal en la Universidad de Valencia (España)
Páginas485-497
485
Jurisdicción de los ciudadanos en l os tribunales tradicionales y
consuetudinarios del mediterrán eo español
JURISDICCIÓN DE LOS CIUDADANOS EN LOS TRIBUNALES
TRADICIONALES Y CONSUETUDINARIOS DEL MEDITERRÁNEO
ESPAÑOL1
José BONET NAVARRO
*
1.– LA JURISDICCIÓN DE LOS CIUDADANOS COMO VALOR
CULTURAL Y JURÍDICO.
El Boletín Ocial del Estado núm. 299, de 15 de diciembre de 2021, publicó
la Ley Orgánica 10/2021, de 14 de diciembre, de modicación de la 6/1985,
de 1 de julio, del poder judicial, para reconocer en su artículo único el carácter
de tribunal consuetudinario y tradicional al Juzgado Privativo de Aguas de
Orihuela y Pueblos de su Marco y al Tribunal del Comuner del Rollet de Gràcia
de l’Horta d’Aldaia, al añadir dos nuevos apartados 5 y 6 al referido artículo
19. Esta reforma evidencia la existencia de un fenómeno muy localizado te-
rritorialmente en el mediterráneo español, pero de indudable interés para el
estudioso del Derecho Procesal pues permite reexionar sobre temas de gran
actualidad y preocupación como la conguración y delimitación del concepto
de jurisdicción o la posible iniciativa de ocio más o menos amplia por el juez.
Según dispone el artículo 125 Constitución española, «los ciudadanos po-
drán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia
mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos pro-
cesos penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudina-
rios y tradicionales». Si la acción popular, de contenido singularmente más
amplio que la particular que podría ejercer la víctima o el ofendido, ya es
un fenómeno de participación ciudadana para el ejercicio de la acción penal
prácticamente exclusivo del ordenamiento jurídico español (artículos 101 y
270 Ley de Enjuiciamiento Criminal) la participación a través de los tribuna-
les consuetudinarios y tradicionales representa un fenómeno tan interesante
como poco conocido al quedar circunscrito a un ámbito territorial concreto
1 Este trabajo, versión traducida del original en italiano pendiente de publicar en la Rivista
di Diritto Processuale, núm. 1 de 2023, se ha realizado en la Università degli Studi di Bari
Aldo Moro, integrado en el grupo dirigido por el Prof. Doménico Dalno, con la ayuda
concedida por el Ministerio de Universidades del gobierno español, orden del 22 de junio
de 2022 en el ámbito del «Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad
en I+D+i, Subprograma Estatal de Movilidad, del Plan Estatal de Investigación Cientíca
y Técnica y de Innovación 2017-2020», convocatoria de 2021. Mi agradecimiento a Prof.
Dalno por su constante apoyo.
* Catedrático de Derecho Procesal en la Universidad de Valencia (España)

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