El control difuso por parte de los tribunales colegiados de circuito - Tratado de la incontenible legitimidad del futuro de los sistemas jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 976312603

El control difuso por parte de los tribunales colegiados de circuito

AutorRaúl Andrade Osorio
Cargo del AutorDoctor en derecho por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Secretario de Tribunal Colegiado del Poder Judicial la Federación y docente universitario
Páginas47-68
47
El control difuso por partE dE los tribunalEs colEgiados dE circ uito
caPíTulo ii
el conTrol difuso Por ParTe de los Tribunales
colegiados de circuiTo
Raúl Andrade Osorioξ
1. bases del esTudio
El 16 de abril de 2015, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Na-
ción falló el amparo directo en revisión 1046/2012, por mayoría de 7 votos de los 11
ministros que integran dicho órgano jurisdiccional. En la ejecutoria se sostuvo que
los Tribunales Colegiados de Circuito estaban en posibilidad de ejercer el control de
regularidad constitucional solo en el ámbito de su competencia, esto es, limitado a las
normas de carácter general que aplicaba directamente al substanciar, en este caso, el
juicio de amparo directo, de lo que se sigue que la decisión resolvió que no era acorde
a la Carta Magna que los tribunales en cita analizaran y ordenaran la desaplicación de
preceptos que basaban el juicio ordinario de donde emanaba la sentencia reclamada.
La problemática de lo fallado por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justi-
cia de la Nación invita a realizar un análisis académico en torno a tres cuestiones de
especial importancia:
1.1 ¿Cómo debe interpretarse la porción “en el ámbito de su competencia” del artí-
culo 1 de la Constitución?
1.2 ¿Existe una colisión entre el derecho de tutela judicial efectiva y seguridad
jurídica en el caso del control difuso a cargo de los tribunales colegiados de
circuito?
1.3 En este caso, si hubiese una colisión ¿Qué derecho fundamental debe ser prote-
gido con mayor intensidad?
Las respuestas a estas tres interrogantes son los cimientos desde donde se construi-
rá el análisis académico de este punto jurídico, el cual tiene como nalidad considerar
si los obstáculos que advirtió el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación pueden superarse en aras de privilegiar el derecho fundamental de tutela
judicial efectiva en sede constitucional.
ξ Doctor en derecho por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Secretario de
Tribunal Colegiado del Poder Judicial la Federación y docente universitario. E-Mail: an-
zia10rao@outlook.com.
48
Raúl andRade OsORiO
La hipótesis de este trabajo es que sí existen elementos que permiten a los Tribuna-
les Colegiados de Circuito ejercer el control difuso porque ello no redunda en que se
transgreda el derecho fundamental de seguridad jurídica.
2. el conTrol difuso de las normas en méxico
El control constitucional, concebido lato sensu, estriba en aquellos medios jurídicos
que previenen, reparan, nulican o sancionan, la violación de las disposiciones cons-
titucionales. Ahora bien, en sentido estricto, debemos considerar como medios de
control constitucional únicamente a los instrumentos jurídicos que tienen por objeto
mantener el respeto a las disposiciones constitucionales, a través de la nulidad de los
actos contrarios a la ley fundamental;1 con diferentes palabras: los instrumentos de
control constitucional stricto sensu, tienen carácter a posteriori, y persiguen la repara-
ción del orden constitucional violado, no solo establecer una posible responsabilidad
y la imposición de alguna sanción, nalidad a la que contingente e indirectamente
podrían servir.2
El control de constitucionalidad alude a procedimientos que buscan asegurar que
se cumplan los preceptos de la Ley Suprema, ya que la misma es de índole jurídica,
es decir, que sus disposiciones son mandatos dirigidos a la conducta humana que
pueden contravenirse, por lo que será necesario implementar remedios para los actos
contrarios a ella. El control constitucional recae más frecuentemente –aunque no úni-
camente– en leyes parlamentarias, pues el Poder Legislativo es el primordial órgano
obligado a cumplir las disposiciones de la Carta Magna.3
Son dos los grandes sistemas de control constitucional: el político y el judicial. En
el primero, la inconstitucionalidad la estudia un órgano que muchas veces juzga la
conveniencia y oportunidad de invalidar un acto de autoridad. En cambio, el judicial
busca una resolución objetiva sobre la conformidad de dicho acto con las normas
constitucionales; por ello se les encarga a órganos imparciales, formados por juristas
profesionales, y a un proceso –en el sentido más técnico y preciso–, cuyas formali-
dades salvaguardan la correcta resolución del asunto. Por eso el sistema judicial de
control constitucional es el más difundido en la actualidad. Luego, hay dos clases de
sistemas de control judicial de la constitucionalidad: el concentrado y el difuso. Es más
fácil advertir sus diferencias si las comparamos, como en el siguiente cuadro:4
1 Burgoa Orihuela, Ignacio, El juicio de amparo, 33a. ed., México, Porrúa, 1997, p. 164; y Ca-
rranco Zúñiga, Joel, Poder Judicial, México, Porrúa, 2000, p. 303, en Sánchez Gil, Rubén A.,
“El control difuso de la constitucionalidad en México. Reexiones en torno a la tesis P./J.
38/2002”, Cuestiones Constitucionales, Núm. 11, julio-diciembre 2004, Instituto de Investi-
gaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México, p. 203.
2 Cfr. Sánchez Gil, Rubén A., “El control difuso de la constitucionalidad en México. Re-
exiones en torno a la tesis P./J. 38/2002”, Cuestiones Constitucionales, Núm. 11, julio-di-
ciembre 2004, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de
México, p. 203.
3 Ferrer Mac-Gregor, Eduardo y Sánchez Gil, Rubén, Control difuso de constitucionalidad y
de convencionalidad, Coedición Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ocina en México
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y Comisión de
Derechos Humanos del Distrito Federal, México 2013, p. 13.
4 Ídem.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR