Expropiación. Reclamación de expropiación. Inmueble expropiado. Decreto Ley Nº 2.186 - Los títulos de dominio: ante la doctrina y la jurisprudencia - Libros y Revistas - VLEX 939700703

Expropiación. Reclamación de expropiación. Inmueble expropiado. Decreto Ley Nº 2.186

Páginas125-132
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TITULOS DE DOMINIO - DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA
Editorial El Jurista
cuerpos legales contenedores de un sinnúmero de artículos
que regulan aspecto especícos de la institución de que
se trata, carece de razonamientos concretos y precisos
dirigidos a demostrar los errores de derecho en que habrían
incurrido los sentenciadores, constriñendo su exposición a
planteamientos generales, los que, por su amplitud y falta
de precisión, adolecen de vaguedad y confusión, que no se
condice con la exigencia impuesta por el legislador.
Materia
Expropiación. Reclamación de expropiación. Inmueble
expropiado. Decreto Ley Nº 2.186.
Fuente: Corte Suprema rol Nº 98.539-2.022.
Fecha: 5 de Enero de 2.023.
Doctrina: El tribunal de primera instancia señaló como
hechos establecidos o no controvertidos, los siguientes:
1. Que, el inmueble objeto de la expropiación parcial,
tiene una cabida menor de aquella que en los hechos es
utilizada por la parte demandante. Agrega que los 2.057
m2 que se indican en la demanda en realidad, según sus
títulos, sólo corresponden a 1.210 m2.
2. Que, el saldo del inmueble no objeto de expropiación
asciende a 649, 83 metros cuadrados. 3. Que, el retazo del
inmueble ya singularizado, se encuentra según el plano
(sic) regulador de la comuna de Temuco, en la ZM4.
4. Que, la zona ZM4 conforme al plano (sic) regulador
habilita la construcción de inmueble sobre 300 metros
cuadrados, con diversos uso de suelos de carácter comercial
permitidos, esto es, residencial, equipamiento, todo
permitido en otros aspectos, infraestructuras, transporte y

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