Destierro y confiscaciones - De los delitos y de las penas - Libros y Revistas - VLEX 975269902

Destierro y confiscaciones

AutorCesare Beccaria
Páginas48-49
48 CESARE BECCARIA
mer lugar entre los pacíficos trofeos de los Titos, los Antoninos y
los Trajanos.
¡Feliz la humanidad si por primera vez se le dictasen leyes,
ahora que vemos sobre los tronos de Europa a monarcas bené-
ficos, animadores de las virtudes pacíficas, de las ciencias, de las
artes, padres de sus pueblos, ciudadanos coronados, cuyo aumen-
to de autoridad constituye la felicidad de sus súbditos, porque su-
prime aquel intermediario despotismo, más cruel por menos se-
guro, por el que eran sofocados los votos siempre sinceros del
pueblo, y siempre faustos cuando pueden llegar hasta el trono! Si
ellos, digo, dejan subsistir las antiguas leyes, ello se debe a la di-
ficultad infinita de quitar de los errores la venerada herrumbre de
muchos siglos. Y es un motivo más para que los ciudadanos ilus-
trados deseen con mayor ardor el continuo acrecentamiento de su
autoridad.
§ XVII.—Destierro y confiscaciones
Quien perturba la tranquilidad pública, quien no obedece a
las leyes, es decir, a las condiciones con que los hombres se so-
portan recíprocamente y se defienden, debe ser excluido de la so-
ciedad, es decir, debe ser desterrado.
Parece que el destierro debiera ser impuesto a quienes, acu-
sados de un delito atroz, tienen contra sí una gran probabilidad,
pero no la certeza, de ser reos; pero para hacerlo así, es necesario
un estatuto lo menos arbitrario y lo más preciso que sea posible,
que condene al destierro a quien haya puesto a la nación en la fatal
alternativa o de temerlo a él o de ofenderlo, pero dejándole el sa-
grado derecho de probar su inocencia. Mayores, pues, habrán de
ser los motivos contra un nacional que contra un extranjero; con-
tra un inculpado por primera vez, que contra quien lo fue ya varias
veces17.
Pero aquel a quien se destierra y excluye para siempre de la
sociedad de que era miembro, ¿debe ser privado también de sus

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