Los apoyos intensos y los poderes preventivos en el ordenamiento jurídico cubano. Una mirada desde el código de las familias y el código civil - Las recientes reformas al código civil cubano (a propósito de la Ley nº 156/2022, de 22 de julio, código de las familias) - Libros y Revistas - VLEX 976426980

Los apoyos intensos y los poderes preventivos en el ordenamiento jurídico cubano. Una mirada desde el código de las familias y el código civil

AutorJorge Luis Ordelin Font
Cargo del AutorProfesor de la División de Estudios Jurídicos, Centro de Investigación y Docencias Económicas (CIDE-CONACYT)
Páginas51-63
51
LA ENCRUCIJADA DE LOS APOYOSAL EJERCICIO DE LA CAPACIDAD JURÍDICA, ...
LOS APOYOS INTENSOS Y LOS PODERES
PREVENTIVOS EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO
CUBANO. UNA MIRADA DESDE EL CÓDIGO DE LAS
FAMILIAS Y EL CÓDIGO CIVIL
JORGE LUIS ORDELIN FONT
Profesor de la División de Estudios Jurídicos,
Centro de Investigación y Docencias Económicas (CIDE-CONACYT).
Investigador del Sistema Nacional de Investigadores,
Nivel I, CONACYT, México.
«No me rechaces en el tiempo de la vejez;
no me desampares cuando me falten las fuerzas».
SALMOS 71:9
Sumario:
1. A modo de presentación. 2. El Código de las familias, los apoyos y el cambio
de paradigma. 3. Los poderes preventivos como apoyos intensos, aspectos a
debate. 4. A manera de conclusiones.
1. A modo de presentación
La Ley no. 156/2022, «Código de las familias», 1 no solo marca un hito en la
regulación de las r elaciones famili ares en el contexto nacional, sino también, por
extensión, como no podría ser de otra manera, in troduce importantes modificacio-
nes en la Ley no. 59, de 16 de julio de 1987, «Código Civil».2 Una de las principales
modificaciones que establece se ubica en el inciso c) del artículo 40 9, correspondien-
te al Capítulo IV, «Extinción»; Título XI, «Manda to», del Libro III, Derecho de obliga-
ciones y contratos. La modifi cación in troducida in cluye, adem ás, l a adición de un
segundo apartado.
El artículo 409 del Código civil regula lo concerniente a la extinción del man-
dato. En este se reconocía que, además de las causas generales de extinción de la s
obligaciones, este se extinguía por revocación, renuncia del mandatario, incapaci-
dad, ausencia, inhabilitación o muerte del mandante o del mandatario; extinción de
la persona jurídica que lo otorgó, terminación de la relación jurídica básica que
determinó su otorgamiento y haberse realizado el acto para el que se otorgó.
Con l a modificación que se introduce por el Código de las familias, el inciso
c) sustituye la incapacidad como causal de extinción por «la provisión de u n apoyo
1Ley no. 156/2022 de 22 de julio, «Código de las Familias», publicado en Gaceta Oficial de la República
de Cuba, edición Ordinaria no. 87, de 17 de agosto de 2022 (en adelante Código de las familias).
2En adelante Código civil.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR