La suerte de los derechos accesorios en el contrato de reporte - - - Operaciones de bolsa y de banca. Estudios jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 976582460

La suerte de los derechos accesorios en el contrato de reporte

AutorFrancesco Messineo
Cargo del AutorProfesor ordinario de la Universidad de Milán
Páginas112-122
112
FRANCESCO MESSINEO
LA SUERTE DE LOS DERECHOS ACCESORIOS
EN EL CONTRATO DE REPORTE *
SUMARIO: 1. Premisa.— 2. El uso de bolsa, según el cual, el reportador ejer-
cita los derechos accesorios por cuenta del reportado.— 3. Valoración jurí-
dica.— 4. Legitimidad de este uso, y asimismo en relación al sistema de
conjunto derivado del ex art. 73 del Cód. de Com.— 5. Los argumentos de
Tartufari y de Breglia para la atribución del beneficio de los derechos acce-
sorios al reportante. Crítica.— 6. El segundo párrafo final del ex artículo 73
del Cód. de Com. Interpretación dada por Vivante. Crítica.— 7. Continua-
ción.— 8. Los arts. 473 y 474 del Proyecto preliminar para el nuevo Código de
Comercio.— 9. Derecho de participación en las Juntas generales y de voto
ejercitado de derecho por el reportante.— 10. Errónea aplicación de tal prác-
tica, en relación al diverso uso, seguido para los demás derechos accesorios.
Propuesta de uire condendo. — 11. El art. 1.150 del Cód. civ. vigente.
1. En el notabilísimo estudio relativo al contrato de reporte publicado hace
algunos años,1 Vivante planteaba importantes cuestiones. Aparte del valor que tie-
nen por sí mismas, éstas se imponen a la atención de los estudiosos, por la maestría
del escritor que las exponía.
A nuestro parecer, por ejemplo, la crítica definitiva de la doble venta,2 formula-
da sobre la base de una investigación profunda de la naturaleza jurídica del contra-
to, y poniendo en evidencia los efectos absurdos que de ella dimanaban, constituye
una de las enseñanzas más interesantes de tal estudio. El cual además, participaba
de la aplicación feliz del método de investigación, ambientado y difundido entre
nosotros por Vivante, en el libro y en la cátedra.
Este reconocimiento — entiéndase — no impide que podamos disentir, en
algún punto, de la tesis del insigne autor.
Por nuestra cuenta, no quedamos muy convencidos de que en el reporte exista
necesariamente identidad de precios de los títulos,3 especialmente después de la
lectura de un interesante trabajo de Breglia,4 en el cual se pone en duda muy seria-
mente, la existencia del llamado precio o premio del reporte.
*Publicado por vez primera en Riv. dir. comm., 1925, I, 328 y sigts.; inserto en la primera
impresión de este volumen, 47 y sigts.
1Riv. del dir. comm., 1925,I, págs. 97 y sigts.
2En el mismo sentido, K. Adler, Zur jur. Konstruktion des Kostgeschäftes, en Zeitzschrift f. d. ges.
Handelsr, vol. 35 (1889), pág. 421 y sigts.
3Vivante, ob. cit., núms. 2, 5 y 11, letras d y e (págs. 98, 100 y siguientes, 109).
4Appunti sul contratto di riporto (Studii per Marghieri, pág. 36 y siguientes).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR