Organización de los Tribunales Ordinarios de Justicia - 1ª PARTE. Derecho Procesal Orgánico - Derecho Procesal Orgánico y Funcional - Libros y Revistas - VLEX 897243440

Organización de los Tribunales Ordinarios de Justicia

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Páginas119-202
DEREC HO PROCES AL ORGÁNI CO Y FUN CIO NAL
119
Capítulo XI
ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES
ORDINARIOS DE JUSTICIA
GENERALIDADES.
Los tribunales ordinarios de justicia están organizados
jerárquicamente, con una estructura piramidal cuya base la
constituyen los jueces de letras, de garantía y jueces orales en lo
penal y la cúspide la Corte Suprema, y entre ambos niveles se ubican
las Cortes de Apelaciones.
Pero aparte de estos tribunales ordinarios de carácter
permanente, existen también como tribunales ordinarios Accidentales
o de Excepción, los Presidentes y Ministros de Corte.
Cada una de estas categorías o rangos admiten algunas
subdivisiones, no en atención a la jerarquía, sino al distinto rango de
importancia. Así, los jueces de letras sé subclasifican en jueces de
letras de comuna o agrupación de comunas, de capital de provincia y
de ciudad asiento de Corte de Apelaciones, aun cuando todos tienen la
misma competencia.
En cuanto a las Cortes de Apelaciones, todas tienen la misma
categoría, aunque la de Santiago tiene competencia exclusiva y
especial para cierta clase de asuntos.
TERRITORIO JURISDICCIONAL.
Cada tribunal ejerce jurisdicción sobre una porción de territorio
determinado, llamado territorio jurisdiccional. Los jueces de letras la
ejercen sobre una comuna o agrupación de comunas; las Cortes de
Apelaciones sobre un territorio de la respectiva región, o sobre toda
la región; y la Corte Suprema la ejerce sobre todo el territorio
nacional.
1.- LOS JUZGADOS DE GARANTÍA.
CONCEPTO.
Son tribunales ordinarios, de derecho, conformado por uno o
más jueces, con competencia en un mismo territorio jurisdiccional que
actúan y resuelven unipersonalmente los asuntos sometidos a su
DEREC HO PROCES AL ORGÁNI CO Y FUN CIO NAL
120
conocimiento y cuyo superior jerárquico es la Corte de Apelaciones
respectiva.
CARACTERÍSTICAS.
1.- Son tribunales ordinarios, están señalados en el art.5 del Có-
digo Orgánico de Tribunales.
2.- Son conformados por uno o más jueces.
3.- Son letrados ya que los jueces de garantía son abogados.
4.- Son tribunales de derecho tramitan y fallan conforme a la
ley.
5.- Son permanentes, ya que se encuentran funcionando siem-
pre.
6.- Tienen como superior jerárquico a la Corte de Apelaciones.
7.- Son tribunales inferiores.
TERRITORIO JURISDICCIONAL DE LOS JUZGADOS DE
GARANTÍA.
Tienen competencia en un mismo territorio jurisdiccional.
(Art.14 del C.O.T.)
FUNCIONARIOS DE LOS TRIBUNALES DE GARANTÍA.
1.- Los jueces de garantía.
2.- Los administradores de tribunales con competencia en lo
criminal. (Art.389 A del C.O.T.)
3.- Los empleados de los tribunales.
Además, debemos mencionar que el rol de los Juzgados de
Garantía, se encuentra asociado a las etapas de inicio, investigación,
intermedia y de ejecución de las sentencias definitivas en el Derecho
Procesal Penal. Los Juzgados de Garantía, cuentan con una planta
profesional en el área de gestión, agrupada en unidades operativas a
cargo del Administrador del Tribunal (Art.25 C.O.T.); y en los
Juzgados de Garantía, con tres o más jueces, el diseño y fiscalización
orgánica del funcionamiento del juzgado, será a cargo del Juez
Presidente y Comité de Jueces (Art.22, 23 y 24 C.O.T.).
COMPETENCIA DE LOS JUECES DE GARANTÍA.
Corresponderá a los jueces de garantía:
1.- Asegurar los derechos del imputado y demás intervinientes
DEREC HO PROCES AL ORGÁNI CO Y FUN CIO NAL
121
en el proceso penal, de acuerdo a la ley procesal penal.
2.- Dirigir personalmente las audiencias que procedan, de
conformidad a la ley procesal penal.
3.- Dictar sentencia, cuando corresponda, en el procedimiento
abreviado que contemple la ley procesal penal.
4.- Conocer y fallar las faltas penales de conformidad con el
procedimiento contenido en la ley procesal penal.
5.- Conocer y fallar, conforme a los procedimientos regulados
en el Título I del Libro IV del Código Procesal Penal, las faltas e
infracciones contempladas en la Ley de Alcoholes, cualquiera sea la
pena que ella les asigne.
6.- Hacer ejecutar las condenas criminales y las medidas de
seguridad, y resolver las solicitudes y reclamos relativos a dicha
ejecución, de conformidad a la ley procesal penal.
7.- Conocer y resolver todas las cuestiones y asuntos de la ley de
responsabilidad penal juvenil les encomienden.
8.- Conocer y resolver todas las cuestiones y asuntos que este
Código y la ley procesal penal les encomienden. (Art.14 inciso 2 del
C.O.T.)
DISTRIBUCIÓN DE CAUSAS.
La distribución de las causas entre los jueces de los juzgados de
garantía se realizará de acuerdo a un procedimiento objetivo y general,
que deberá ser anualmente aprobado por el comité de jueces del
juzgado a propuesta del juez presidente, o sólo por este último, según
corresponda. (Art.15 del C.O.T.)
DISTRIBUCIÓN DE LOS JUZGADOS DE GARANTÍA.
Están señalados en el art.16 del C.O.T., para lo cual nos remitimos
al citado Código en forma expresa.
2.- LOS TRIBUNALES ORALES EN LO PENAL.
CONCEPTO.
Son tribunales ordinarios, de derecho, colegiados, con compe-
tencia en un mismo territorio jurisdiccional, cuya principal función es
conocer y juzgar las causas criminales y cuyo superior jerárquico es la
Corte de Apelaciones respectiva.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR