Organización internacional del trabajo
| Autor | Héctor Humeres Noguer |
| Cargo del Autor | Abogado, Magíster en Derecho Laboral. Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Facultades de Derecho de las Universidades de Chile, del Desarrollo y Gabriela Mistral |
| Páginas | 63-72 |
63
1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS. Existe hoy día y desde la firma del Tratado
de Versailles, la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.); bajo su
dirección se ha ido formando una legislación especializada con carácter
internacional, ya que rige en la mayoría de los países del mundo, que inspiran
sus principios en los acuerdos y recomendaciones del citado organismo, y
a la que, por la razón anotada, se ha dado en llamar Código Internacional
del Trabajo. Sin embargo, pese a que debe reconocerse que estos grandes
pasos en materia social se deben a dicha organización, tampoco es posible
olvidar que ella tuvo como antecedentes algunas conferencias esporádi-
cas o permanentes, de carácter internacional, que sirvieron para formar
ambiente al organismo que hoy existe, o la opinión de ciertos autores que
propiciaron tal iniciativa.
La razón anotada nos mueve a señalar, aun cuando sea muy de paso,
los orígenes del instituto actual.
Como movimientos precursores de la reglamentación internacional
del trabajo se citan los siguientes: el autor inglés Robert Owen, industrial
y filántropo, precursor asimismo del socialismo científico, quien en 1817
presentó sus Memorias al Congreso de la Santa Alianza, proponiendo tal
medida; Blanqui, socialista francés, extremista, que en 1838 sugería a los
gobiernos la concertación de tratados internacionales para mejorar las
condiciones de vida y trabajo de los asalariados; Daniel Legrand, quien
entre 1838 y 1859 hizo iguales llamamientos a los parlamentos y gobiernos;
Conferencia Internacional del Trabajo de Berlín, realizada en 1890, efec-
tuada por iniciativa de Guillermo II, emperador de Alemania, para tratar de
las siguientes materias: descanso dominical y trabajo de las mujeres y niños
(esta conferencia no produjo resultados prácticos porque los delegados a
ella carecían de personería suficiente para suscribir tratados); Asociación
Internacional de Basilea, fundada en 1901, cumpliendo un acuerdo del
Congreso de París celebrado en 1900, destinada a lograr protección legal
para los trabajadores y que tiene especial importancia porque ideó el mé-
todo de dos etapas: una de expertos que estudian y proponen proyectos,
y una segunda en que intervinieron diplomáticos facultados para aceptar
CAPÍTULO IV
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
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