Capítulo XVII. Derecho procesal penal - Segunda parte. Los ámbitos principales del derecho inglés - Derecho inglés - Libros y Revistas - VLEX 1022501473

Capítulo XVII. Derecho procesal penal

AutorR. J. C. Munday
Páginas341-356
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DERECHO INGLÉS
CAPÍTULO XVII
DERECHO PROCESAL PENAL
Por R. J. C. MUNDAY
483.Presentación: En este capítulo, hemos tratado de resaltar los contornos
del proceso penal inglés. En particular, analizando de for ma general los procedi-
mientos seguidos, nos hemos esforzado en discernir los trazos que los juristas de
países civilizados han considerado como singulares. Para analizar mejor estos tra-
zos característicos del p rocedimiento penal inglés, lo comparamos con el fran cés.
Así subrayaremos el rol que juega la policía, no solo en la fase de la a veriguación
sino al momento de inculpar a un sospechoso. La forma en que las investigaciones
criminales comienzan e s curiosa también: los procedimientos acaban de ser refor-
mados por una ley de 19851 la cual, a primera vista es cerca na a las concepciones
civilizadas pero, la averiguación judicial que precede el inicio de las averiguaciones
en Ingl aterra, difiere por ejemplo de la averiguación abierta por el juez de instruc-
ción en Francia. El procedimiento inglés es contradictorio: por consiguiente, en las
audiencias, los debates y en particular los roles respectivos del presidente y de los
abogados —revisten un carácter completamente diferente de los que se observan en
Francia. Por lo demás el derecho inglés ha creado una categoría de derecho muy
particular —el de recho de prueba— que sirve para controla r e strechamente las
pruebas que serán admitidas por un tribunal. La superviven cia e incluso el origen
de esta categoría de derecho se debe en gran parte al rol jugado prominentemente
por el jurado desde hace siglos en el espíritu de los juristas ingleses.
484.— Las Jurisdicciones Penales: E n términos generales, según la graveda d de
la infracción, los procesos correccionales en Inglaterra se dividen en dos categorías:
procesos sumarios ante los jueces de paz (magistrate’s court)2y los procedimientos
en presencia de un jurado ante la Crown Court . Los procedim ientos sumarios se
juzgan sin jurado por magistrados no profesionales y el procedimiento seguido en
esta jurisdicción es alg o diferente a l que se sigue por ante la Crown Court. Aunque
se trate de dos tipos de procedimiento, conocemos tres categorías de infracciones.
1. Las infracciones de jurisdicción sumaria (summary offences) se cuentan en tre
el número de infracciones menos graves. Deben ser juzgadas ante los magistrate’s
courts y comprenden por ejemplo, la mayoría de las variaciones de la ley en mate-
ria d e circulación vial, higiene público etc. Ahora bien, aunque todas las pequeñas
infracciones correspondan a esta jurisdicción, hay que resaltar que las infracciones
sumarias comprenden algunas muy importantes. Así las acciones intentadas contra
1Prosecution of offences Act 1985.
2V. supra no s. 26, 42.
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JOHN A. JOLOWICZ
ciertas viola ciones al orden público deben ser llevadas por ante el Juez de Paz. De
la misma manera, solo es tos podrán juzgar infracciones como conducir un vehículo
bajo efectos del alcohol. Su competencia es amplia y pueden pronunciar una conde-
na que llegue hasta seis meses de prisión o 2.000,00 Libras Esterlinas de multa por
infracción.
2. Las infracciones que deben ser juzgadas por el jurado ante la Crown Court
que describimos más abajo necesita la redacción de un acto de acusación (indictment)
que se encuentra sujeto a una encuesta prelimina r emprendida por los jueces de paz
(committal proceeding)3.
3. Además de las infracciones comprendidas en las dos categorías indicadas más
abajo, existe una tercera un tanto equivoca que comprende infracción de jurisdicción
mixta (offences triable eitherway). Ellas pueden ser juzga das por la Magistrate’s Court o
por la Crown Court y siempre que los Jueces de Paz no la consideren demasiado grave
y por ello fuer a de su competencia, corresponderá al acusado elegir la jurisdicción
por ante la cual prefiere comparecer. Las infracciones de la jurisdicción mix ta se
cuentan entre las mismas las más graves —el proxenetismo, el robo, el hurto y el
tráfico de estupefacientes por ejemplo— y para el acusado cada jurisdicción presenta
ventajas e inconvenientes. La elección de la Crown Court le ofrece la ventaja de ser
juzgado por un jurado pero siempre hay un período de tiempo antes del inicio del
proceso y dada su competencia más amplia las condena s pronunciadas por dicho
tribunal suelen ser mucho más severas que aquellas pronunciadas por los Jueces de
Paz. Sin embargo sí perdiere el beneficio del jurado, el acusado que elige comparecer
por ante un Juez de Paz será juzgado más rápidamente y si resulta culpable, podrá
sufrir una condena menos dura. Es evidente que a veces los acusados tratan de
aprovechar la competencia restringida de los jueces de paz. Así que si estos últimos,
habiendo establecido la culpabilidad del acusado, creen que merece una pen a más
severa q ue aquella que tienen derecho de pronunciar, pueden enviarlo por ante la
Crown Court quien pronunciará la condena4. Pero en general, los Jueces de Paz no
pueden aceptar un caso cuya gravedad sobrepasa su competencia. Naturalmente es
imposible calcula r po r ad elantado con exactitud cuáles son las infraccion es qu e
merecen más de seis meses de prisión o más de l máximo de la multa que puede ser
impuesta. Sin embargo es posible de suponer de forma aproximativa. Por lo tanto
en materia de robo, dado a que los jueces de paz no tienen derecho de pronunciar
una condena superior a 2.000.000,00 Libras Esterlinas y no pueden otorgar a la víctima
una in demnización mayor, tienden a declararse incompetentes en los casos en que
la suma, objeto del litigio, supera la cifra mencionada5 .
Aunque ante la cual comparecerá, si la infracción no es grave el objeto será
permitirle ser juzga do sumariamente cuando la pena merecida debía ser severa. Los
Jueces de Paz deberán entonces negarse a conocer el asunto.
Sección 1
LA FASE PREPARATORIA
485.— La investigación policial: Al ser cometida una infracción, incumbe a la
policía llevar a cabo una in vestigación cuyo objeto es determinar la inculpación y la
3V. infra, no. 488.
4V. Magistrates Court Act 1980, s. 38.
5King’s Lynn Justices, ex Parte Carter, 1969 Q.B. 488.

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