Capítulo XVI. Derecho administrativo - Segunda parte. Los ámbitos principales del derecho inglés - Derecho inglés - Libros y Revistas - VLEX 1022501466

Capítulo XVI. Derecho administrativo

AutorD. G. T. Williams
Páginas325-339
325
DERECHO INGLÉS
CAPÍTULO XVI
DERECHO ADMINISTRATIVO
Por D. G. T. WILLIAMS
461.—La noción de derecho administrativo: El derecho administrativo ha sido des-
crito como e l «conjunto de pr incipios y de reglas que exponen y rigen las funciones
y poderes de todos los órganos del gobierno que tienen a su cargo la aplicación, la
puesta en funcionamiento y la gestión concreta de la política gubernamental. Estos
órganos comprenden los minis tros y los mini sterios, las autoridades locales, las
empresas públi cas, las agencias, los estable cimientos públicos, las comi siones y
demás entes creados para cumplir misiones particulares» 1. El reconocimiento en los
medios universitarios y profesionales del d erecho adminis trativo como disciplina
jurídica en sí misma ha sido, sin embargo, relativamente tardío, y ha sido solamen-
te en las últimas dos o tres décadas que la doctrina y la jurisprudencia administra-
tivas se han desarrollado sustancialmente.
La lenta emergencia del derecho administrativo quizás se deba, principalmen-
te, al hecho de que el Reino Unido no tiene un sistema bien diferenciado de tribu-
nales administra tivos. El control judicial de los órganos e jecutivos, bien sea por vía
de apelación o por algún procedimiento de revisión 2, está asegurado por la jurisdic-
ción de derecho común, aun cuando el procedimiento formal de decisión en el nivel
administrativo se realice, en primera instan cia, conforme a muchas leyes, a través
de una compleja red de tribunals3. La respons abilidad de los órg anos ejecutivos, por
ejemplo, conforme al derecho de la responsabilidad civil o al derecho de los contra-
tos, se determina ante las jurisdicciones del der echo común, aun cuando sus princi-
pios sean ca da vez más adaptados para tomar en consideración la situación particu-
lar de la Administra ción. El r econocimiento del d erecho administrativo ha seguido
el creciente perfeccionamiento del control judicial sobre los órganos ejecutivos y la
creciente y cada vez más sutil diversificación de la responsabilidad de los órga nos
ejecutivos. En la actualidad, el derecho administrativo, de que Dicey atribuía en
1885 «un amplio uso y una significación restringida»4, tiene un amplio uso y una
significación extendida.
1The Oxford Companion to Law (por David M. Walker) (1 980), p . 27. para comprender la
distinción entre el concepto inglés del derecho administrativo y el «derecho administrati-
vo» francés es necesario leer a C. J. Hamson, Executive Discretion and Judicial Control (1985).
2La distinci ón entre «appeal» y «review» se analiza i nfra, No. 467.
3Véase supra, No. 22.
4C. T. Carr, «Adminis trative Law» (1935) 41 L.Q.R . 58, que hace referencia a A. V. Dicey,
Introduction to the Study of the Law of th e Constitution (1ª edici ón, 1885).

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