Capítulo X: Prohibiciones de los Socios - Segunda Parte - Derecho societario - Libros y Revistas - VLEX 939676189

Capítulo X: Prohibiciones de los Socios

Páginas473-478
473
DERECHO SOCIETARIO
Editorial El Jurista
CaPítulo x
ProhibiCionEs dE los soCios
a. iNTroDuCCióN
451. Introducción. El Art. 404 C de C, establece una serie de prohibi-
ciones en contra de los socios, colectivos, disposiciones que también son
aplicables a los socios de una sociedad de responsabilidad limitada.757
En el capítulo que destiné a la participación societaria, señalé que
ésta se compone de un umbral activo y uno pasivo, siendo precisa-
mente el Art. 404 C de C, una de las manifestaciones de este último,
en las sociedades de responsabilidad limitada, pues implica una serie
de prohibiciones impuestas a los socios, que, a la postre, son cargas u
obligaciones que pesan sobre ellos.
b. aNálisis parTiCular De CaDa prohibiCióN
452. Primera prohibición. Que los socios extraigan del fondo común
mayor cantidad que la asignada para sus gastos particulares.
757 En la práctica, he visto en algunos casos que en una de las cláusulas del contrato social
se releven todas estas prohibiciones; pero es recomendable que solamente deberían
relevarse alguna de ellas y no todas. Puede relevarse la prohibición de explotar el mismo
ramo, ello con una base legal para sostenerlo, el Art. 405 C de C. Empero, en lo que
respecta a la venta de los derechos sociales, no cabría, en principio una relevación de la
prohibición, salvo si se acepta la doctrina de que la sociedad de responsabilidad limitada
pueda emitir acciones, en vez de derechos sociales; pero aún en el primer caso podría
establecerse la autorización previa. Al respecto, nada impide que la autorización se dé en
la propia escritura social, tal como se ha fallado y comentado en el capitulo respectivo
(Corte Suprema, Rol Nº3.593-00, de 29.08.2001).

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