El acto impositivo administrativo - Parte III. Derecho impositivo administrativo - Derecho tributario. Parte general - Libros y Revistas - VLEX 976719303

El acto impositivo administrativo

AutorHeinrich W. Kruse
Cargo del AutorProfesor emérito de la Universidad Ruhr de Bochum
Páginas252-265
252
HEINRICH W. KRUSE
22. EL ACTO IMPOSITIVO ADMINISTRATIVO
BIBLIOGRAFÍA: Niemann, Der Steuerverwaltungsakt, VJ Sehr St FR 1930, 173;
Foohs, Der Steuerverwaltungsakt und seine rechtliche Wirksamkeit, Würzburger
staatswissenschaftliche Abhandlungen, 1941; Joachim Martens, Die rechtliche
Wirkungsweise des Steuerverwaltungsaktes, StW, 1965, 569
I. CONCEPTO DEL ACTO IMPOSITIVO ADMINISTRATIVO
1. Igualdad del concepto en el Derecho administrativo y en el Derecho imposi-
tivo
La teoría del acto administrativo es el núcleo del Derecho administrativo es el
concepto central del Derecho administrativo, y el acto impositivo administrativo,
el concepto central del Derecho impositivo administrativo.
El concepto de acto administrativo es una creación finalista de la ciencia del
Derecho administrativo. Se introdujo en ella hacia la mitad del siglo xix. Sin embar-
go, el concepto no ha tenido entrada en la praxis administrativa hasta después de
1945, una vez que las leyes de Tribunales administrativos de los Estados del Sur de
Alemania y la MRVO núm. 165 hubieron admitido en sus textos el acto administra-
tivo como objeto del recurso de anulación (cfr. actualmente los arts. 42 y 113, VwGO).
Esta evolución se repitió en el Derecho impositivo. En él surgió el concepto de acto
impositivo administrativo durante los años veinte, la época de auge de la ciencia
del Derecho tributario. Es la Ley de Modificación Tributaria de 1961 la que ha
incluido el concepto de acto administrativo en el art. 228, OT. Desde la entrada en
vigor de la FGO emplea la OT solamente el concepto de «disposición», y la FGO, el
concepto de «acto administrativo».
Enno Becker, al crearse la OT, se ha dejado influir evidentemente por Karl
Kormann en la elección del concepto de disposición en lugar del de acto adminis-
trativo. En 1910 Kormann, en su System der rechtsgeschäftlichen Staatsakte, había pro-
puesto la denominación «disposición» para un futuro «Código administrativo».
Kormann cayó en la I Guerra Mundial y no pudo presenciar el que su propuesta
y su profecía de que las teorías generales del Derecho administrativo serían codi-
ficadas seguramente «después de una o dos generaciones» ya se habían hecho
realidad en 1919 —siquiera sólo en el Derecho tributario—. Y aún más. Las nor-
mas de la OT sobre el acto impositivo administrativo se basan en conjunto en los
razonamientos de Kormann y de Otto Mayer. Esto no es, con posterioridad, sor-
prendente, a la vista de las circunstancias dominantes en 1919. Le cabría a Enno
Becker haber tenido la satisfacción de poder basarse en las investigaciones de
Otto Mayer y de Kormann.

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