Separación de los cónyuges - Familia - Derecho civil en resúmenes y esquemas. Tomo II - 24ª Edición 2023 - Libros y Revistas - VLEX 971842619

Separación de los cónyuges

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado Universidad de Chile
Páginas223-226
223
TEMA 3
SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES
Separación de hecho y Separación judicial. En ambas lo que
pretende el legislador es que los cónyuges regulen las consecuencias
originadas por la separación, como aquellas derivadas de la relación
entre ellos, las referidas al cuidado de los hijos, derecho de alimentos,
etc.
La Separación de Hecho. Concepto: Estado que implica la ruptura
de la vida en común de los cónyuges, o cese generado por decisión
común y unilateral y sin una declaración judicial previa (* Definición
basada en lo expresado al respecto por los profesores Barrientos y No-
vales).
Convenios reguladores o pactos entre cónyuges. Son consensuales y
pueden constar por escrito o verbalmente. Conviene que consten por
escrito pues la ley les asigna un efecto especial, cual es el de otorgar
fecha cierta al cese de la convivencia entre cónyuges, lo cual es
importante porque el otorgar fecha cierta al cese de la convivencia sirve
a uno de los presupuestos para ejercer la acción de divorcio. Ver art. 22
Ley de Matrimonio Civil. - Efectos de estos convenios: 1°.- Producen
plenos efectos, excepto si vulneraran derechos irrenunciables; 2°.- Dan
fecha cierta el cese de la convivencia conyugal. - Efectos de la fijación
de fecha cierta al cese de la convivencia conyugal: a) Sirve de causa
para pedir la separación judicial. Efectos generales de la Separación de
Hecho: 1) No corresponde invocar el adulterio como causal de separa-
ción judicial si es consentida por ambos cónyuges. Ver art. 26 LMC.
2) No corresponde invocar el abandono continuo y reiterado del hogar
común como causal de divorcio. Ver art. 54 N° 2 LMC. 3) No existen
consecuencias jurídicas de carácter civil y penal respecto del abandono
de familia. 3) Igual se aplicaría la presunción de paternidad pater is est
del art. 184 C.C.
La Separación Judicial. Concepto 1: Institución en virtud de la cual
se suspenden ciertos efectos del matrimonio en virtud de una
sentencia judicial sin afectar el vínculo matrimonial (Barrientos y No-
vales). Concepto 2: Estado civil que nace como consecuencia de la

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