El matrimonio y sus efectos - Familia - Derecho civil en resúmenes y esquemas. Tomo II - 24ª Edición 2023 - Libros y Revistas - VLEX 971842622

El matrimonio y sus efectos

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado Universidad de Chile
Páginas255-259
255
TEMA 6
EL MATRIMONIO Y SUS EFECTOS
1.- Efectos del matrimonio relativos a la persona de los cónyuges:
Ambos cónyuges se deben recíprocamente 1.- FIDELIDAD, SOCORRO,
2.- AYUDA MUTUA O DE ASISTENCIA, 3.- RESPETO Y PROTECCIÓN RE-
CÍPROCOS, 4.- DERECHO Y OBLIGACIÓN DE VIVIR EN EL HOGAR
COMÚN, 5.- OBLIGACIÓN DE SUMINISTRAR EXPENSAS PARA LA LITIS
2.- Efectos del matrimonio relativos a la capacidad de la mujer
casada: a) Si contrae matrimonio dentro del régimen de sociedad
conyugal es PLENAMENTE CAPAZ, no necesitando autorización algu-
na del marido para accionar jurídicamente. b) Casada bajo régimen de
sociedad conyugal, el marido está obligado a proveerla de las
EXPENSAS PARA LA LITIS que ésta siga en su contra, si careciere de
bienes reservados o separados o si ellos no son suficientes; c) Puede
obtener autorización supletoria de la justicia para el caso en que su
marido se oponga injustificadamente a la enajenación de un bien de su
propiedad.
3.- Efectos del matrimonio relativos al régimen de bienes. Principa-
les regímenes matrimoniales adoptados por las diversas legislaciones:
a) Comunidad; b) Separación de bienes; c) Dotal; d) Comunidad de
administración; e) Participación en los gananciales.
A) Régimen de Comunidad: Masa común integrada por el total o parte
de los bienes de ambos cónyuges, administrada generalmente por el
marido y que una vez disuelta la comunidad se reparte entre ambos. La
Comunidad puede ser: UNIVERSAL (fondo común integrado por todos
los bienes de los cónyuges, presentes o futuros, raíces o muebles
adquiridos a título oneroso o lucrativo); y RESTRINGIDA (ingresa al
fondo común solo una parte de los bienes de los cónyuges).
B) Régimen de Separación de Bienes: No existe masa o fondo común,
cada cónyuge conserva el dominio, goce y administración de los bienes
que aporta o adquiere durante el matrimonio. C) Régimen Dotal. Cada
cónyuge conserva la propiedad de su patrimonio, transfiriéndose al
marido la administración y usufructo del total de bienes de la mujer o de
parte de ellos (dote), a fin de que el marido aplique sus frutos a las
cargas del matrimonio. Así, pueden quedar ciertos bienes sujetos a la

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