Pasivo de la sociedad conyugal - Familia - Derecho civil en resúmenes y esquemas. Tomo II - 24ª Edición 2023 - Libros y Revistas - VLEX 971842625

Pasivo de la sociedad conyugal

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado Universidad de Chile
Páginas269-272
269
TEMA 9
- PASIVO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
- PASIVO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
- LAS RECOMPENSAS
Al existir tres patrimonios, también existen tres pasivos. Por eso hay
que distinguir deudas y obligaciones comunes, y deudas y obligaciones
de carácter personal de cada cónyuge.
1.- Pasivo absoluto real o de deudas comunes. Formado por
aquellas deudas contraídas durante la existencia de la sociedad conyu-
gal con el fin de satisfacer necesidades comunes que gravan la masa
social, estando obligada la sociedad a soportarlas sin derecho a
recompensa contra ambos cónyuges. Está integrado por: a) Todas las
pensiones e intereses que corran contra la sociedad o cualquiera de los
cónyuges y que se devenguen durante la sociedad; b) Deudas y
obligaciones que se contraigan durante el matrimonio por marido o mu-
jer con autorización del primero, o de la Justicia en subsidio, que no
sean personales de aquél o ésta; c) Lasto de toda fianza, hipoteca o
prenda que constituya el marido; d) Todas las cargas y reparaciones
usufructuarias de los bienes sociales o de cada cónyuge; e) Gastos de
mantención de los cónyuges y de la familia común; f) Gastos de
crianza, educación y establecimiento de los hijos; g) Otras cargas de
familia; h) Pago de la suma de dinero que la mujer se ha reservado en
las capitulaciones matrimoniales y que puede disponer a su arbitrio.
2.- Pasivo relativo o aparente o de deudas personales. Formado por
aquellas deudas que paga la sociedad por la obligación que tiene para
con ellas, adquiriendo una recompensa contra el cónyuge quien es el
real deudor, haciéndose ella efectiva luego de disuelta la sociedad.
Está integrado por las deudas personales de cada uno de los
cónyuges, quedando obligado el deudor a compensar a la sociedad
cuanto ésta haya invertido en ello. Dichas obligaciones son: a) Las
contraídas por los cónyuges antes de celebrar el matrimonio; b) Las
que derivan de un delito o cuasidelito cometido por los cónyuges
durante la sociedad; c) Las obligaciones que ceden en utilidad, prove-
cho o interés de los cónyuges y que han sido contraídas durante la so-
ciedad; d) El cónyuge que adquiere bienes a título de herencia, debe

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