¿Gratuidad de la defensa pública? - Defensa eficaz entre utopías y realidades - Libros y Revistas - VLEX 976312467

¿Gratuidad de la defensa pública?

AutorMarcelo Rodríguez Jordán
Cargo del AutorEx Defensor Oficial en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de San Isidro
Páginas33-36
33
DEFENSA EFICAZ. ENTREUTOPÍAS Y REALIDADES
VI. ¿GRATUIDAD DE LA DEFENSA PÚBLICA?
Siempre consideré que la d efensa pública estaba destinada a asistir a
«pobres, incapaces y ausentes» y, consecuentemente, sería de provisión gra-
tuita42 para el que necesitara o requiriera sus servicios.
.- Artículo 14.3.d) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos:
Durante el proceso, toda persona acusada de un delito tendrá derecho, en plena
igualdad, a las siguientes garantías mínimas:
d) A hallarse presente en el proceso y a defenderse personalmente o ser asistida
por un defensor de su elección; a ser informada, si no tuviera defensor, del
derecho que le asiste a tenerlo y, siempre que el interés de la justicia lo exija, a
que se le nombre defensor de oficio gratuitamente, si careciere de medios suficien-
tes para pagarlo».
.- Artículo 8.2.e) de la Convención Americana sobre Dere chos Humanos
Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguien-
tes garantías mínimas:
e) derecho irrenunciable d e ser asistido por un defensor proporcionado por el
Estado, remunerado o no según la leg islación interna si el inculpado no se
defendiere por sí mismo ni nombrare defensor dentro del plazo establecido por
la ley.
.- Artículo 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires (tutela
judicial efectiva):
La Provincia asegura la tutela judicial continua y efectiva, el acceso irrestricto a
la justicia, la gratuidad de los trámites y la asistencia letrada a quienes carezcan
de recursos suficientes, y la inviolabilidad de la defensa de la persona y de los
derechos en todo procedimiento administrativo o judicial ...
Las transcriptas son normas que nos permiten visualizar que no habría
discusión sobre honorarios entre las personas sin recursos (o escasos recur-
sos) y los abogados provistos por la defensa pública.
42 También participa de la gratuidad de la defensa pública José I . Cafferata Nores: «Pro-
ceso penal y derechos humanos», p. 136.

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