Capítulo XXXV: La gobernanza judicial como solución efectiva a la oralidad en el proceso civil brasiliano - Litigación oral estratégica, En las diversas ramas del derecho - Tratado interdisciplinar de Litigación Oral Estratégica - Libros y Revistas - VLEX 980628613

Capítulo XXXV: La gobernanza judicial como solución efectiva a la oralidad en el proceso civil brasiliano

AutorMagno Federici Gomes
Cargo del AutorPráctica Postdoctoral en Derecho Público y Educación en la Universidade Nova de Lisboa-Portugal (CAPES / BEX 3642 / 07-0)
Páginas713-732
713
TRATADO INTERDISCIPLINARDE LITIGACIÓN ORAL ESTRATÉGICA
CAPÍTULO XXXV
LA GOBERNANZA JUDICIAL COMO
SOLUCIÓN EFECTIVA A LA ORALIDAD EN EL
PROCESO CIVIL BRASILIANO
MAGNO FEDERICI GOMES*
1. INTRODUCCIÓN
Es notorio el hecho de que Brasil ahora tiene un sistema de justicia pr olonga-
do y, a menudo, ineficaz.Esto puede deberse a varios puntos, pero en particular a la
aplicación ina decuada de los institutos procesales ya previstos por el sistema legal,
incluso a través del adven imiento del Código de Procedimiento Civil de 2015 (CPC
/ 15).El CPC / 15trajo en su texto una clarapreocupación legislativa de hacer el
sistema judicial más rápidamente con el fin de dar a las decisiones más ade cuada y
justa para el caso.
Si bien no trajo muchas novedades en cuanto a la aplicación de la oralidad en
los procesos civiles, al compararlo con el Códig o de Procedimiento Civil de 1973
(CPC / 73), no descuidó es te in stituto, que es muy important e en el es cenario
actual.Esto se debe a que su institución aporta fluidez al proceso, haciendo que su
curso sea más económico y efectivo, cuando se aplica correctamente.Sin embargo,
deberápreguntarse: ¿el uso del principio de oralidad se está utilizando adecuada-
mente en el l itigio civil brasiliano ?.
Para dar respuesta a la pregunta a ntes mencionada, en la realización de este
artícul o s e u tilizó el método jurí dico-teórico y el raz onamiento ded uctivo, con
unatécnica de investigación bibliográfica.
*Práctica Postdoctoral en Derecho Público y Educación en la Universidade Nova de Lisboa-Portugal
(CAPES / BEX 3642 / 07-0). Prácticas Postdoctorales en Derecho Civil y Procesal Civil, Doctorado en
Derecho y Máster en Derecho Procesal, por la Universidad de Deusto-España (Cátedra UNESCO y
Beca Gobierno Vasc o-España). Magíster en Educ ación de la PUC Minas. Profesor de Doctorado y
Master Académico en Derecho Ambiental y Desarrollo Sostenible de la Esc ola Supe rior Dom
Helder Câmara. Profesor Titular Licenciado en la Facultad de Derecho Arnaldo Janssen. Abogado
socio de Moraes & Federici Advocacia Associada. Líder del Grupo de Investigación: Regulación
Ambiental de la Actividad Ec onómica Sostenible (REGA) / CNPQ-BRA y miembro de los grupos:
Centro de Investigación y Desarrollo en Derecho y Sociedad (CEDIS) / FCT-PT, Centro de Estudios
sobre Gestión de Políticas Públicas (NEGESP) / CNPQ-BRA y Legal Metamorphosis / CNPQ-BRA.
ORCID: http://orcid.org/0000-0002-4711-5310. Plan de estudios de Lattes: http://lattes.cnpq.br/
1638327245727283. E- mail: magnofederici@gmail.com.
714
JORGE I. TORRES MANRIQUE / JOSÉ S. CORNEJO AGUIAR / ISABELA MOREIRA DOMINGOS
La investigación pretende aplicar principios básicos de gobernanz a judi cial
participativa para resolver las críticas que vien e sufriendo la oralidad en el litigio,
en particular la posibilidad de configurar la corrupción judiciallato sensu.
La in vestigación se justifica ala medida en que las anhela la comunidad aca-
démic a para la co rrecta a plicació n de los ins titutos Di sponibi lirali zarpor la
leyprocesoy,por lo tanto,la discusión única constante es necesaria delos medios
que leapo rtan calidad aesteuso diurno, siempre en busca de la ra pidez y eficacia
de lajurisdicción.
En el primer capítulosedestacaránlosaspectos conceptuales, tanto en CPC /
15 como en CPC / 173, de la oralidad y sus principales impactos en el proceso.En
el segundo, se presentarán algunas estrategias de litigio oral en el derecho procesal
civil brasileño.En el tercercapítulo,se analizarácríticamente,el uso de la oralidad
en el sistema judicia l bra siliano, en el litigio civil.F inalmente, se presentó una
solución que podría sumarse a la aplicación de la oralidad, especialmente en lo que
respecta al comportamiento de las partes y del propio magistrado.
2. ASPECTOS CONCEPTUALES EN EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CI-
VIL DE 2015 Y EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL DE 1973
ElCPC/ 15surge, sin duda, en un escenarioconvulso, donde prevalece un
estado de lentitud en el Poder Judicial brasileiro,pero lo que prevalece es el d ere-
cho a una duración razonable de los procesos, derecho fundamental sustentadoen
el art.5, inciso LXXVIII, laConstituITIN la República Federativa del Brasil (CRFB/
88).Esta realidadocurre por laintensa carga de demandas, provocadas directamen-
te, pero no solo,por el pensamien to popular de que lajurisdicciónes la única vía
efectiva para resolver losconflictos de interés, ya sean individuales o colectivos.Por
tanto,en la familia del Derecho romano germánico existe la idea deque la última
palabra de un terce ro, en e ste caso el juez, es siempre necesa ria para la mejor
soluciónposible a la cuestión litigiosa, es decir, la ley.También es posible pensar
que la lentitu d se prod uce, en pa rte, al a ctuar, n o siempr e efica z y rápid a,
losfuncionarios públicosylosórganos que pertenecen al poder judicial, aunque no
es posble dedispensación conel hecho de que:
El número de funcionarios , ju eces, asistentes es escaso y es humanamente
imposible brindar un trabajo eficiente ante los numerosos j uicios.En cuanto a
los jueces, debido a la e scasez de pr ofesionales capacitados para asumir el
cargo, son responsa bles de más de un Distrito o Juzgado con sobrecarga de
trabajo (MARANGUAPE; MARANGUAPE;VASCONCELOS, 2020 , en línea,
própria traducción728).
Es a través del proceso que se ha ce pos ible la soluci ón de la controvers ia,
haciendo posible que las partes obtengan lo que es su derecho.Sin embargo, es
precisamente en este punto donde se debe cuestiona r el tema de la lentitud, ya que
«(... ) el proceso es el m edio por el cual e l Poder Judici al ejerce jur isdicción»
(MAR ANGUAPE ; MARANG UAPE; VASCONC ELOS, 20 20, en lí nea, pr opria
728 Traducción libre de: «O número de funcionários, juízes, auxiliares, é escasso, sendo humanamente
impossível prestar eficiente trabalho diante d a numerosa quantidade de processos. Quanto aos
juízes, devido à escassez de profissionais hábeis a assumir o cargo, passam a se responsabilizar por
mais de uma Comarca ou Vara com sobrecarga de trabalho» (MARANGUAPE; MARANGUAPE;
VASCONCELOS, 2020, online).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR