La nulidad procesal - Curso de Derecho Procesal Civil - Libros y Revistas - VLEX 939626901

La nulidad procesal

Páginas47-51
Editorial El Jurista
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CURSO DE DERECHO PROCESAL CIVIL
LA NULIDAD PROCESAL
A) El incidente ordinario de nulidad de lo obrado
(Arts. 83 y 84 CPC)
1. Concepto:
Es aquella cuestión accesoria de un proceso que requiere de
un pronunciamiento especial del tribunal, la que versa sobre la
nulidad de la relación procesal misma o de uno o más actos de
procedimiento.
2. Clasicación:
Atendiendo a la extensión de la nulidad solicitada, este inci-
dente se clasica en aquel que tiene por objeto la nulidad de la
relación procesal misma y aquellos que persiguen la inecacia de
actos procesales determinados.
Como ejemplo del primero podemos señalar el incidente de
nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento, fundado en que
no se haya noticado legalmente la demanda. Si éste es acogido,
todo el proceso será nulo.
En el segundo caso podemos señalar aquel incidente por el
cual se solicita la nulidad de actuaciones probatorias fundado en
que no se noticó legalmente la recepción de la causa a prueba.
3. Oportunidad procesal en que puede plantearse un in-
cidente:
La norma general es que deben promoverse en primera ins-
tancia hasta antes de que se notique la sentencia denitiva a
alguna de las partes.
4. Plazo para deducir la nulidad:
El incidente de nulidad sólo puede deducirse dentro de cinco
días contados de que aparezca o se acredite que quien debe re-
clamar la nulidad tuvo conocimiento del vicio, salvo que se trate
de la incompetencia absoluta del tribunal, en que la incidencia
puede plantearse en cualquier momento, sin perjuicio de que el
juez deba declararla de ocio (Arts. 83 y 84).

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