La denuncia de los tratados de derechos humanos. Reflexiones en torno a la opinión consultiva OC-26 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos - Los 70 años del CEDH y los 20 años de la Carta de Niza - Libros y Revistas - VLEX 1023423528

La denuncia de los tratados de derechos humanos. Reflexiones en torno a la opinión consultiva OC-26 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

AutorElí Rodríguez Martínez y Juan Pablo Vásquez Calvo
Cargo del AutorSecretario técnico de apoyo en el Consejo de la Judicatura Federal ? México / Técnico operativo en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ? México
Páginas101-118
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MAINSTREAMING HUMAN RIGHTSTHROUGH THE ENLARGEMENT POLICY: THE CASE...
LA DENUNCIA DE LOS TRATADOS DE DERECHOS
HUMANOS. REFLEXIONES EN TORNO A LA OPINIÓN
CONSULTIVA OC-26 DE LA CORTE
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
E RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
(Secretario técnico de apoyo en el Consejo de la Judicatura Federal – México)
JUAN PABLO VÁSQUEZ CALVO
(Técnico opera tivo en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación – México)
1. INTRODUCIÓN
El pasado 3 de ma yo de 2019, mediante Nota Diplomática, se entregó a la
Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en lo sucesivo «Corte
Interamericana»), por parte de la República de Colombia, una solicitud de Opinión
Consulti va, relativa a las obliga ciones en materia de dere chos humanos de un
Estado que denuncie la Convención Americana sobre Derechos Humanos1 (en los
sucesivo «Convención Americana» o «CADH») e intente retirarse de la Organiza-
ción de Estados Americanos (en lo sucesivo «OEA»). 2
En d icha c omuni cació n se ju stifi caba e l pron uncia mien to de l a Cort e
Interamericana debido a que «recientes sucesos en la región muestran que puede
surgir en cualquier momento la situación de que un Estado del continente america-
no ad elante acciones para desligarse de sus obligaciones a la luz de la CADH y la
Carta de la OEA».3
La sol icitud de Opinión Consultiva tiene por trasfondo la denuncia de Vene-
zuela, el 27 de abril de 2017, a la Carta de la Organización de Estados Americanos
(OEA)4. Años atrás, el 6 de septiembre de 2012, también había d enunciado la CADH5,
con la intención de sustraerse de sus obligaciones de respetar y proteger los dere-
chos humanos de la población.
1Adoptada en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969, en vigor internacional el 18 de julio
de 1978 , en http://www.ordenjuridico.g ob.mx/TratInt/Derechos%20H umanos/D1BIS.pdf .
2Solicitud de Opinión Consultiva por parte del Gobierno de la República de Colombia, p. 1, en http:/
/www.corteidh.or.cr/do cs/opiniones/sol_oc_26_esp.pd f.
3Ibidem, p. 13.
4Nota Diplomática del 27 de abril de 2017, en https://www.oas.org/es/sla/ddi/docs/a-41_nota_venezuela_04-
28-2017.pdf.
5C. A. CORAO, «Inconstitucionalidad de la denuncia de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos por Venezuela», Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano, Bogotá, 2013, p.
44, en https://www.corteidh.or. cr/tablas/r3+2197.pdf.
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E RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
La denuncia de Venezuela a la CADH fue formalmente depositada el 10 de sep-
tiembre de 2012 y materializada, con su entrada en vigor, el 10 de septiembre de 2013.
Lo anterior resulta altamente preocupante en virtud que, como es ampliamen-
te conocido, en dicha nación existe un cuadro generalizado de violaciones graves y
sistemáticas d e derechos humanos, por lo que surge la necesidad de determinar si
las denuncias tanto a la Carta de la OEA como a la CADH producen el efecto de
eliminar del todo l a protección in ternacional de los derechos humanos de los indi-
viduos sujetos a la jurisdicción de las autoridades de dicho Estado.
Con tal motivo, las preguntas planteadas por la República de Colombia a la
Corte Interamericana son, en síntesis, las siguientes:
1. ¿Cuáles son las obligaciones en materia de derechos humanos que tiene
un Estado Miembro de la Orga nización de los Es tados Americanos (OEA)
que ha denunciado la CADH?
2. ¿Cuáles son las obligaciones en materia de derechos humanos que tiene
un Estado Miembro de la Organización de los Estados Americanos que ha
denunciado la Carta de la OEA?
3. Cuando se presenta un cuadro de violaciones graves y sistemáticas de los
derechos humanos que ocurra bajo la jurisdicción de un Estado de las
Américas que haya denunciado la CADH y la Carta de la OEA, ¿Qué
obligaciones en materia de derechos humanos tienen los restantes Esta-
dos miembros de la OEA?, ¿De qué mecanismos disponen los Estados
miembros de la OEA para hacer efectivas dichas obligaciones? ¿A qué
mecanismos de protecci ón in ternacional de derechos humanos puede n
acudir las personas sujetas a la jurisdicción del estado denunciante?
La Corte en su facultad de reformular las preguntas planteadas hizo lo condu-
cente con respecto a la tercera pregunta, replanteándola en los siguientes términos:
¿Qué obligaciones internacionales en materia de derechos humanos tienen los Esta-
dos Miembros de la Organización de los Estados Americanos respecto de los Esta-
dos de las Américas que haya n denunciado la CADH y la Carta de la Organización
de los Estados Americanos?6
En su Opinión Consultiva OC-26/20, de 9 de n oviembre de 202 0, la Corte
Interamericana dio puntual respuesta a las preguntas arriba men cionadas.
Es pues, el obj etivo del presente estudio tratar de dilucidar la primera de las
preguntas planteadas por Colombia en su solicitud de Opinión Consultiva ante la
Corte Interamericana; de hecho, los argumentos planteados en el presente ensayo
fueron presentad os por los autores en amic us curiae ante la Corte Interamericana el
23 de diciembre de 201 9 y expuesto en audiencia pública ante el citado tribunal
internacional el 17 de junio de 2020.
2. CRITERIO DE LA CORTE INTERAMERICANA
La primera pregunta cuestiona las obligac iones internacionales sobre dere-
chos humanos que subsisten para un Estado Miembro de la OEA que ha d enunciado
la CADH.
6Opinión Consultiva OC -26/20 «La denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Huma-
nos y de la Carta de la Organización de los Estados Americanos y sus efectos sobre las obligaciones
estatales en materia de Derechos Humanos », 202 0, en https://w ww.corte idh.or.cr /docs/opini ones/
seriea_26_esp .pdf.

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