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La deducción especial por costes imaginarios

AutorLouis Eisenstein
Páginas177-197
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LAS IDEOLOGÍAS DE LA IMPOSICIÓN
CAPÍTULO 6
LA DEDUCCIÓN ESPECIAL
POR COSTES IMAGINARIOS
De todas las ventajas fiscales producidas por la ideología de las barreras
y frenos, el porcentaje por agotamiento es la realización más notable. Permite
a ciertos contribuyentes reducir sus ingresos por medio de costes imaginarios.
A otros contribuyentes no se les considera tan merecedores como a aquéllos.
Sólo pueden deducir lo que gastan.
La función normal de una deducción por agotamiento parece demasiado
obvia como para ser ni tan siquiera mencionada. Las propiedades de minera-
les y otros recursos naturales son activos agotables. A medida que avanza la
producción el yacimiento se agota gradualmente. Un subsidio por agotamien-
to permite al propietario recuperar el coste que supone la parte consumida de
la propiedad. Demuestra el principio normal de que al calcular una ganancia
o una pérdida, una empresa deduce de sus ingresos el coste de sus materias
primas. Durante muchos años, sin embargo, el Congreso ha actuado de acuer-
do con la teoría de que quienes se benefician de los recursos naturales son una
raza aparte de los demás mortales. Se les da derecho a recuperar mucho más
que los costes. Si de les tratara simplemente como a los demás, perderían su
avidez por ser productivos y la nación sufriría entonces severamente. El Con-
greso ha respondido a la amenaza de una ambición desfalleciente otorgando
el porcentaje por agotamiento: una deducción anual que se mide a través de
una parte de la renta anual procedente de la propiedad. La cuantía de la
deducción no está relacionada en absoluto con el coste de la propiedad.
El porcentaje por agotamiento se concibió inicialmente para beneficio de
los contribuyentes que obtienen ingresos del petróleo y del gas. Desde 1926
han disfrutado de una deducción constante igual al 27,5 por 100 de la renta
bruta del pazo, que no superase el 50 por 100 de la imponible o renta neta. La
deducción se mantiene con tal de que la producción continúe, aunque pueda
haber recuperado su inversión varias veces. A mayor beneficio, mayor
deducción.Esta deducción causaría un efecto considerable si se tratara sim-
plemente de un generoso sustituto de una deducción más pequeña basada en
la verdadera inversión. Sin embargo, los contribuyentes favorecidos por la
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LOUIS EISENSTEIN
misma no sólo pueden deducir sus costes imaginarios sino también los costes
reales de explotación de sus pozos. Además, estos costes reales son deducibles
de inmediato, en el momento de incurrir en ellos, con el fin de asegurar que la
falta de incentivos no ponga al país en peligro. Otros empresarios no pueden
cancelar las cantidades que invierten en bienes de capital como si fueran gas-
tos corrientes. Deben darse por satisfechos con unas deducciones diferidas
por la depreciación de sus instalaciones. En resumidas cuentas, existen tres
bonificaciones en total, incluida una deducción inmediata por la inversión de
capital; dos deducciones a cuenta de una inversión y una continua deducción
a cuenta de una inversión inexistente.
Por cada cinco millones de dólares deducidos por la industria del petró-
leo y del gas en 1946 como porcentaje por agotamiento, se dedujeron otros
cuatro millones como costes de explotación. Por cada tres millones deducidos
como porcentaje por agotamiento en 1947, otros dos millones fueron deduci-
dos como costes de explotación (188). De vez en cuando un ideólogo desmen-
tirá que las deducciones sean generosamente duplicadas. Sostendrá que los
costes reales de la explotación se deducen una sola vez, ya que el porcentaje
por agotamiento sólo se relaciona con los gastos contraídos en la búsqueda
del petróleo y no con los realizados en la explotación del pozo (189). Pero el
Tribunal Supremo no se ha convencido con tal razonamiento. Mantiene que el
porcentaje por agotamiento representa conjuntamente la inversión en el pozo
y la inversión en el petróleo. Otro tribunal aun añadiría que la deducción
inmediata por costes de explotación es un «favor especial» (190).
Las bonificaciones colaboran con muy buen efecto en provecho de los
opulentos agentes del petróleo y del gas. Sus costes de explotación son plena-
mente deducibles y los beneficios resultantes sólo son parcialmente imponibles.
El porcentaje por agotamiento puede eximir de tributación hasta el 50 por 100
de la renta producida por el pozo. «Dados los altos tipos impositivos, la de-
ducción inmediata por costes de explotación podría interpretarse como una
manera de convertir al gobierno en socio mayoritario que aporta la mayor
parte del capital arriesgado». La posterior deducción en concepto de porcenta-
je por agotamiento le permite participar de una forma muy secundaria en los
ingresos obtenidos. Para un particular situado en la categoría alta, los gastos
(188) Estos costes de explotacion comprendan del 75 el 90 por 100 de los gastos totales de un pozo. Ver
1 Hearings before the Committee on Ways and Means on Revenue Revision of 1950, 81Tt Cong.,
2d Sess. 50, 55-56 (1950); 105 Cong. Rec. 8.772, 11.911 (1959); Freeman, Percertags Dapletion for Oil
– A Policy Issue, 30 Ind. L. J. 399, 420 (1955): Hellmuth, The Corporate income Tax Base, en 1 Tax
Revision Compendium on Broadening the Tax Base Submitted to the Committee on Ways and
Means 283, 297 (1959).
(189) Ver Baker y Griswold, Percentage Depletiona Correspondece 84 Harv. L. Rev. 361, 374 (1951); 3
Hearings before the Committee on Ways and Means on General Revenue Revision, 83d Cong.,
1st Sess. 2.002 (1953); Stanley, The independent Producer’s Position en Federal Tex Polipy for Economic
Growth and Stebility, Joint Committee on the Economic Report, 84th Cong., 1st Sess. 474, 482 (1955),
Smith, Tax Policy as Refisted in Statutory Percentage Depletion for Off and Ges., en Id. 484, 490.
(190) Ver United States v. Dakota-Montana Oil Co., 288 U. S. 459, 462 (1933); F. H. E. Oil Co. v.
Commissioner, 147 F. 2d 1.002, 1.003 y 150 F, 2d 857, 858 (5th Cir. 1945).

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