Cuasidelito. Negligencia. Responsabilidad. Indemnización de perjuicios. - Cuasicontratos - Jurisprudencias esenciales. Derecho Civil. Tomo II - Jurisprudencias Esenciales. Derecho Civil - Libros y Revistas - VLEX 252340626

Cuasidelito. Negligencia. Responsabilidad. Indemnización de perjuicios.

AutorRaúl Tavolari Oliveros
Cargo del AutorDirector
Páginas1083-1084

Page 1083

Corte de Tacna 4 de septiembre de 1905.

Vistos: eliminando el considerando séptimo y la cita del artículo 492 del Código Penal, agregando la palabra "civil" a la proposición "les hace responsables del cuasi delito" contenida en el considerando sexto, y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 2329 del Código Civil, se confirma la sentencia apelada de 3 de abril último, con declaración de que se reduce a $ 12.000 la indemnización que los demandados deben pagar al demandante por el daño sufrido y que no ha lugar a la condenación en costas de primera instancia.

Acordada por unanimidad, previniéndose que el señor Ministro Vega reduce a $ 10.000 el monto de la indemnización que...

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