Prólogo - Contratos y terceros - Libros y Revistas - VLEX 1027970323

Prólogo

AutorAndrés Mariño López
Cargo del AutorUniversidad de la República Oriental del Uruguay
Páginas9-14
9
Prólogo
A mis queridos amigos, los civilistas cubanos
i
Escribir el prólogo de la presente obra es un verdadero honor y un auténtico
desafío.
Honor de referirme a una publicación de la prestigiosa Sociedad Cubana
de Derecho Civil y Familia, presidida por el eminente jurista, Profesor de
la Universidad de La Habana y Embajador del Derecho civil cubano en el
mundo, Dr. Leonardo B. pérez G aLLardo, a cuya generosidad y amistad se
debe la honra de escribir estas líneas.
Desafío de poder plasmar en pocos párrafos la calidad de la obra, la
rigurosidad de sus autores y la relevancia de su temática.
El libro consiste en un conjunto de trabajos sistematizados, resultado de
las ponencias presentadas a las “XVIII Jornadas Internacionales de Derecho
de Contratos”, celebradas los días 23 al 25 de enero de 2019, organizadas por
la Sociedad Cubana de Derecho civil y de familia, sobre el tema “Contratos y
terceros”, en la cual participaron cientos de civilistas y juristas de la República
de Cuba y ponentes invitados de España, Estados Unidos e Italia.
ii
El estudio de los “Contratos y terceros” adquirió gran relevancia en la
Isla luego de la puesta en vigencia del Decreto-Ley No. 304/2012, sobre
contratación económica, y ha asumido aun más con la raticación de la
Constitución de 2019, pues esta ha provocado un salto cualitativo en el sistema
jurídico cubano y en especial en el Derecho civil de Cuba.
El paradigma clásico del constitucionalismo otorgaba a las normas de las
Constituciones la función de regular la organización del Estado y establecer
los derechos de las personas frente al poder político. Según dicho paradigma,
las normas constitucionales que contienen derechos de las personas son
programáticas y están destinadas a ser cumplidas por el legislador; la
violación de dichas normas por el legislador se sanciona con la declaración
de inconstitucionalidad asignada a órganos jurisdiccionales de control de
constitucionalidad. Los actos administrativos, a su vez, están sometidos al

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