La irrupción en el contexto cubano de los contratos vinculados a las tarjetas bancarias. Algunos comentarios a propósito de relaciones jurídicas 'triangulares
Autor | Raúl J. Vega Cardona |
Cargo del Autor | Profesor Auxiliar de Derecho Civil y Notarial Facultad de Derecho, Universidad de Oriente Notario |
Páginas | 221-242 |
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la irruPción en el contexto cuBano de los c ontratos vinculados
a las tarjetas Bancarias. algu nos coMentarios a ProPósito d e
relaciones jurídicas “tr iangulares”
Raúl José vega cardona
Profesor Auxiliar de Derecho Civil y Notarial
Facultad de Derecho, Universidad de Oriente
Notario
“La seguridad, la eciencia, la competitividad y el carácter
innovador de los pagos electrónicos es fundamental para que
los consumidores, los comerciantes minoristas y las empresas en
general puedan aprovechar plenamente las ventajas del mercado
[…], y ello será cada vez más cierto a medida que el comercio
electrónico vaya desplazando al comercio físico”.
Libro Verde de la Comisión Europea Hacia un mercado europeo
integrado de pagos mediante tarjeta, pagos por Internet o pagos móviles
Sumario:
1. Notas introductorias. 2. Las tarjetas bancarias como medios de pago
y el complejo entramado de relaciones jurídicas subyacentes. 2.1. El
contrato de emisión. 2.2. El contrato de aceptación o aliación. 2.3. El
contrato de cambio. 3. El contrato de tarjeta de crédito. 4. El contrato de
tarjeta de débito. 5. A modo de epílogo.
1. notas introductorias
Los datos son incuestionables, Cuba avanza hacia el desarrollo del
comercio electrónico en todas sus aristas. Al cierre del año 2017 ya existían
en el país 903 cajeros automáticos, 3 millones 300 mil tarjetas bancarias en
activo y 11 mil 700 terminales de puntos de venta (por sus siglas POS). Ya
para nales de 2018 se contabilizaron 927 cajeros automáticos distribuidos
en 70 municipios del país, 12 038 terminales de punto de venta diseminados
por toda la geografía cubana y por supuesto un número muy superior de
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tarjetas plásticas activas, que asciende a la cuantía de 4,7 millones.1 A ello se
adiciona la circulación en territorio nacional de tarjetas internacionales como
VISA Internacional, MASTERCARD Internacional, CABAL, TRANSCARD,
AMERICAN INTERNATIONAL SERVICE (AIS), CARIBEAN TRANSFER,
OCEANCARD, DELIVERY CARD, Union Pay; así como las tarjetas
provenientes del Stonegate Bank y el Banco Popular de Puer to Rico.2 Ello es
muestra de la intencionalidad marcada del Estado de informatizar la sociedad
cubana, lo que implica aprovechar las ventajas que aporta el comercio
electrónico. Así se ha denido incluso por el Ministerio de las Comunicaciones,
en su Política integral para el perfeccionamiento de la informatización de la sociedad
en Cuba, documento rector contentivo de políticas especícas en este ámbito,
y en el que se ha señalado como primer principio: “Instrumentar el Programa
Nacional de Informatización, que integre y armonice por cada sector de la
economía y a nivel territorial las principales prioridades del país a corto,
mediano y largo plazos: a) Desarrollar e implementar los servicios en línea
entre las instituciones y hacia los ciudadanos, con prioridad en los trámites, la
gestión del gobierno y el comercio electrónico”.3
Ahora bien, cabría entonces preguntarse si el sistema jurídico cubano se
encuentra preparado para afrontar las complejidades que pueden derivarse
en el plano del Derecho, del crecimiento exponencial del comercio electrónico
en nuestro contexto. Esto es un tema que irradia no solo al ámbito contractual,
al que se le dedica el presente artículo, sino a todas y cada una de las ramas del
ordenamiento; desde el tema de los derechos fundamentales, la contratación
electrónica en masa, la protección de los consumidores y usuarios, la
ciberseguridad, hasta la respuesta del Derecho penal a los delitos informáticos.
Resulta un amplio conglomerado de materias, que deben ser reformadas para
poder atemperar nuestro ordenamiento a los requerimientos que impone el
tema en cuestión. Quizás algunos pasos de avance pueden encontrarse en
la reciente Constitución de la República de Cuba, la que de forma novedosa
reconoce el rol de la ciencia, la tecnología y la innovación en la economía,
dota de rango constitucional a la protección de los consumidores, reconoce
expresamente la garantía del habeas data y la necesaria protección de los datos
1 Estas cifras han sido reejadas por varios sitios de noticias y de instituciones
ociales del país, como el Banco Central de Cuba. Cfr. http://www.cubadebate.cu/
noticias/2019/02/24/concretar-el-comercio-electronico-es-una-nueva-etapa-en-la-
informatizacion-de-la-sociedad/; http://www.cubadebate.cu/especiales/2018/10/16/
comercio-electronico-en-cuba-intenciones-pospuestas-infograas/; http://www.bc.gob.
cu/noticia/178.
2 Cfr. http://www.radiorebelde.cu/noticia/a-partir-2018-se-podran-emplear-tarjetas-
internacionales-con-chip-cuba-20171228/; http://www.granma.cu/cuba/2016-06-27/ya-
pueden-utilizarse-las-mastercard-en-la-habana-27-06-2016-23-06-26; http://www.banco-
metropolitano.com.cu/tarjetas-que-operan-en-cuba/
3 Ministerio de Las coMunicaciones de La repúBLica de cuBa, Política integral para el perfecciona-
miento de la informatización de la sociedad en Cuba, disponible en, https://www.google.es/ur-
l?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=3&cad=rja&uact=8&ved=2ahUKEwiutf6j9d-
ngAhVBheAKHbewBXwQFjACegQIBBAC&url=http%3A%2F%2Fwww.mincom.gob.
cu%2Fsites%2Fdefault%2Fles%2FPolitica%2520Integral%2520para%2520el%2520per-
feccionamiento%2520de%2520la%2520Informatizacion%2520de%2520la%2520socieda-
d%2520en%2520Cuba_0_0.pdf&usg=AOvVaw0fO--L3mi_MVEf1GZ-P5k1
raúL josé VeGa cardona
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