Algunas particularidades sobre la capacidad y la representación procesal en el Proyecto de Código Procesal Civil - Justicia civil: perspectivas para una reforma en la legislación chilena - Libros y Revistas - VLEX 699127897

Algunas particularidades sobre la capacidad y la representación procesal en el Proyecto de Código Procesal Civil

AutorMaite Aguirrezabal G.
Páginas39-53
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AGUIRREZABAL: ALGUNAS PARTICULARIDADES SOBRE LA CAPACIDAD…CUADERNOS DE EXTENSIÓN JURÍDICA (U. DE LOS ANDES) Nº23, 2012, pp. 39-53
ALGUNAS PARTICULARIDADES SOBRE LA
CAPACIDAD Y LA REPRESENTACIÓN PROCESAL EN
EL PROYECTO DE CÓDIGO PROCESAL CIVIL
Maite aguirrezabal grünstein
Profesora de Derecho Procesal,
Universidad de los Andes
i. Precisiones concePtUales
La persona debe gozar de protección jurídica, y de hecho todo el meca
-
nismo tutelar que confiere el derecho procesal gira en torno a la persona.
Ahora, para que actúe la protección de la persona a través del proceso se
exige un presupuesto básico, que debe concurrir tanto en el demandante
como el demandado, relativo a lo que genéricamente se designa como
capacidad. El Código de Procedimiento Civil reconoce expresamente este
atributo en el artículo 303 Nº2, al señalar que constituye un elemento de
la relación procesal que se puede examinar a través de las excepciones
dilatorias “la falta de capacidad del demandante”.
En su dimensión procesal, la capacidad evoca al sujeto que puede
solicitar la tutela jurisdiccional y quien puede ser condenado por una
sentencia de condena, declarativa o constitutiva. El problema de la capa-
cidad se reduce a determinar quiénes pueden solicitar tutela jurídica de
parte de los órganos jurisdiccionales, y quiénes pueden ser compelidos
a la observancia del derecho a través de una sentencia judicial.
En el ámbito procesal se habla de capacidad para ser parte y de ca-
pacidad procesal, en sintonía con el derecho sustantivo1. Desde el punto
de vista doctrinal existe unanimidad en cuanto a la delimitación genérica
de estos conceptos, y en cuanto a que se trata de un atributo que se
1 La doctrina procesal está conteste en definir la capacidad procesal como una aptitud para
poder realizar actos válidos en el proceso o la capacidad necesaria para actuar en juicio.
En este sentido cfr
. calamandrei,
P., Instituciones de Derecho Procesal Civil, según el nuevo
Código, vol. II, Ejea, Buenos Aires, 1986, p.365.

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