Interpretación, calificación e integración del contrato. Delimitación conceptual y funcional - Interpretación, calificación e integración contractual - Libros y Revistas - VLEX 1026855210

Interpretación, calificación e integración del contrato. Delimitación conceptual y funcional

AutorMaría del Mar Heras Hernández
Cargo del AutorProfesora Titular de Derecho civil
Páginas19-41
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interpretación, califica ción e integración del con trato.
delimitación conceptual y funcional
María del Mar heras hernández
Profesora Titular de Derecho civil
Universidad Rey Juan Carlos, Madrid, España
sumario: 1. Justicación. 2. Interpretación del contrato. 2.1. Sobre la
conveniencia de positivizar las normas interpretativas del contrato.
Opciones legales tradicionalmente sostenidas en cuanto al valor que a las
mismas se atribuye. 2.2. La versión dada por el Código civil cubano. El
Decreto-Ley no. 304/2012. 2.3. Las reglas interpretativas de los contratos
en el Código civil francés tras la reforma operada por L´Ordonnance de
10 de febrero de 2016. 2.4. Aspectos generales en torno a las normas de
interpretación de los contratos en el Código civil español. 2.4.1. El encaje
de estas normas en la tradicional sistematización entre interpretación
subjetiva y objetiva. 2.4.2. La prevalencia de la voluntad común, efectiva
y real querida por las partes frente a la literalidad de los términos del
contrato. 2.4.3. La naturaleza dispositiva o imperativa de las reglas de la
interpretación del contrato. ¿Pueden las partes restringir la aplicación de
los criterios de interpretación, remitiéndose exclusivamente al criterio
literalista? 2.5. El proceso interpretativo. Sus fases y sus modalidades.
2.6. La llamada interpretación integradora. 3. La calicación del contrato.
3.1. Delimitación conceptual y funcional. 3.2. La limitada revisión de la
calicación jurídica del contrato en casación. La llamada calicación
correctora del contrato nulo. 4. Integración contractual y sus fuentes. 4.1.
La buena fe como fuente de integración del contrato. Algunas de sus
principales manifestaciones. 4.2. Los usos. 5. Conclusiones.
1. Justificación
El objeto de este estudio reside en el análisis de tres operaciones jurídicas
trascendentales en el desenvolvimiento vital de un contrato: su interpretación,
calicación e integración. Y lo hago desde una perspectiva deliberadamente
general, a modo de obertura de los estudios que se sucederán y en los que
se abordan cuestiones tan relevantes como la interpretación de los contratos
celebrados con los consumidores; la interpretación de las condiciones generales
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de la contratación, con particular referencia a los préstamos hipotecarios, o el
tema relativo a la calicación de los contratos atípicos.
Tres funciones que, aun estando muy próximas entre sí, pues se entrelazan
e interaccionan, adquieren, no obstante, plena autonomía y sustantividad,
debiéndose distinguir de manera particular la labor de interpretación y
calicación del contrato de la propia actividad probatoria, por mucho que
tanto una como otra sean el resultado de esta última.
Apunta de manera muy ilustrativa jaraMiLLo jaraMiLLo que a través de estas
tres funciones se somete al contrato a una especie de auscultación y luego a una
cirugía que conlleva la disección de tres órganos que están intercomunicados,
pero que tienen funciones y anatomía propia.1 Precisamente es esta proximidad
la que les hace merecedoras de una atenta labor de delimitación conceptual
y de sus nes, con el propósito de perimetrar la operatividad de cada una de
ellas.
Por lo demás, es sabido que de ellas se hace depender la resolución de
muchos de los conictos que se plantean en la práctica. Recordamos en este
punto las palabras de danz, en su obra dedicada a la Interpretación de los
negocios jurídicos, cuando advierte de la existencia de un sinnúmero de litigios
que versan sobre el modo de interpretar el negocio jurídico, de manera que una
vez interpretado, el litigio queda resuelto.2 Y es que convendrán conmigo en
que a lo largo de toda la vigencia de la relación contractual pueden surgir todo
tipo de cuestiones controvertidas, bien por la falta de previsión contractual,
bien porque el régimen jurídico del contrato se expresa mediante el soporte
del lenguaje verbal o escrito con el que no se deja plenamente constancia de la
auténtica voluntad contractual.
Por otra parte, la ejecución de los contratos no estará exenta de múltiples
dicultades, pudiéndose plantear dudas en torno al sentido y alcance de una
determinada cláusula contractual, de cuyo adecuado entendimiento se hace
depender la determinación exacta del contenido del contrato3 o de los efectos
que produce tanto su cumplimiento como su incumplimiento. De igual
modo, la incesante proliferación de nuevas fórmulas contractuales atípicas,
1 jaraMiLLo jaraMiLLo, Carlos Ignacio, Interpretación, calicación e integración del contrato.
Aproximación tridimensional al proceso interpretativo en el derecho privado contemporáneo,
Porrúa, Biblioteca Jurídica Americana, Ciudad de México, 2016, p. 12.
2 DANZ, Erich, La interpretación de los negocios jurídicos. (Contratos, Testamentos, etc.),
adaptada al Derecho español por el Profesor Francisco Bonet Ramón, 3ª edición, Edersa,
Madrid, 1955, pp. 1-3.
3 De modo ilustrativo traemos a colación el supuesto de la interpretación de una cláusula
de un contrato de seguro de vida de riesgo colectivo a la que se alude en la STS 380/2019
de 1 de julio. Dicha cláusula resultaba decisiva para determinar el montante de la
indemnización del asegurado. Se trataba, como digo, de un contrato de seguro de vida
suscrito por el Ministerio de Defensa y la compañía de Seguros Caser. Conforme a las
condiciones particulares de la póliza, se dotaba de cobertura a los riesgos siguientes: al
fallecimiento del asegurado por cualquier causa, ya sea por enfermedad o por suicidio;
a la invalidez permanente absoluta irreversible ocurrida por enfermedad o accidente,
independientemente de la voluntad del asegurado, acaecida durante el periodo de
cobertura, que inhabilite al asegurado a desempeñar la profesión o el ocio. Igualmente,
es objeto de cobertura la pérdida de los miembros, órganos o facultades del asegurado de
María deL Mar Heras Hernández

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