Buena fe y razonabilidad en la interpretación contractual - Interpretación, calificación e integración contractual - Libros y Revistas - VLEX 1026855257

Buena fe y razonabilidad en la interpretación contractual

AutorFilippo Viglione
Cargo del AutorProfesor de Derecho privado comparado
Páginas83-93
83
Buena fe y razonaBilidad en la interpretación contr actual
Filippo viglione
Profesor de Derecho privado comparado
Universidad de Padova, Italia
suMario: 1. Los reejos de la globalización en el Derecho de los contratos.
2. Técnicas de redacción del contrato. 3. El paradigma dominante de la
razonabilidad. 4. Conclusiones.
1. los refleJos de la gloBalizac ión en el derecho de los cont ratos
El tema de la modernización del Derecho de los contratos preocupa a los
juristas de la tradición occidental desde hace mucho tiempo. No es casualidad
que en el curso de los últimos veinte años se han producido profundas
reformas del sector contractual tanto en la legislación alemana, con la reforma
de 2002, como con las modicaciones realizadas en el Code civil francés en el
2016.1
Para comprender la razón, y para valorar con conciencia las inuencias en
las especícas disciplinas del sector, vale la pena considerar los cambios que
se han producido en el mismo instrumento contractual, como consecuencia
de un contexto económico y social en rápida evolución. Las elecciones de
los legisladores, si bien no siguen un recurrido siempre coherente y de larga
perspectiva, parecen determinadas por exigencias concretas, que permiten
aclarar las razones profundas de las nuevas orientaciones en que se producen
en todos los aspectos principales del Derecho contractual, por la identicación
de los elementos esenciales y del rol de la causa hasta en las reglas de
resolución contractual, pasando por las técnicas de interpretación del texto
contractual; estas últimas, en particular, como veremos, constituyen un punto
de observación privilegiado en el sector del Derecho de los contratos, signado
por un proceso de progresiva cercanía de las reglas operativas entre los
diversos ordenamientos jurídicos estatales y supranacionales.
1 Para una comparación entre los dos modelos de reforma, cfr. grundMann, S. y M. S.
sCHäFer, “The French and the German Reforms of Contract Law”, European Review of
Contract Law, volumen 13, no. 4, 2017, pp. 459-490. Sobre la reforma francesa en particular,
véase MoMberg uribe, R., “La reforma al derecho de obligaciones y contratos en Francia.
Un análisis preliminar”, Revista Chilena de Derecho Privado, no. 24, 2015, pp. 121-142.

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