El IEPS en México y su legalidad en relación con las bebidas saborizadas - Tributación de las bebidas azucaradas ¿se cumple la extrafiscalidad del IEPS en México? - Libros y Revistas - VLEX 976582358

El IEPS en México y su legalidad en relación con las bebidas saborizadas

AutorJames Graham/Jessica Méndez
Cargo del AutorProfesor por oposición en la UANL, titular de la cátedra de arbitraje internacional en la Escuela doctoral, y de la línea de investigación de Derecho internacional público. Socio, GRAHAM/Directora legal, GRAHAM
Páginas165-190
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EL IEPS EN MÉXICO Y SU LEGALIDAD EN RELACIÓN
CON LAS BEBIDAS SABORIZADAS
James Graham *
Jessica Méndez **
I. INTRODUCCIÓN
En esos tiempos inacionarios, cada impuesto duele, en particular los
impuestos especiales. Uno de ellos es el Impuesto Especial sobre Produc-
ción y Servicios (IEPS), el cual en 2022 casi dobló su tasa1. Según la postura
gubernamental, el impuesto pretende combatir la obesidad; siguiendo así,
prima facie, las recomendaciones de la Organización Mundial para la Salud
(OMS) en la materia2. También vale la pena señalar que casi toda América
Latina, el Caribe, algunos Estados americanos3 y en Europa, países como
Francia, Luxemburgo, Bélgica, etc. comparten tal impuesto. Existen tres
metodologías usadas para gravar las bebidas azucaradas: los impuestos ad
valorem, losimpuestosespecícos y los impuestos mixtos. En el primer caso, se
calcula la cuota del impuesto en un porcentaje (%) denido sobre el valor
de la operación (precio de venta); en el segundo caso, la alícuota del im-
puesto es un monto jo en moneda nacional por unidad de volumen; y el
mixto combina el impuestoespecíco con un ad valorem, unido al precio de
* Profesor por oposición en la UANL, titula r de la cátedra de arbitraje interna-
cional en la Escuela doc toral, y de la línea de investigación de Derecho inter-
nacional público. Socio, GRAHAM. Contacto: g raham@jamesgraham.legal.
** Directora legal, GRAHA M. Contacto: mendez@jamesgraham.legal.
1 https://www.forbes.com.mx/economia-hacienda-aumenta-ieps-refrescos-ci-
garros-gasolinas-2022/.
2 https://imcp.org.mx/wp-content/uploads/2014/02/ANEXO-3-NOTI-
CIAS-FISCALES-55.pdf.
3 https://iris.paho.org/bitstream/handle/10665.2/54745/v45e1242021.pdf?se-
quence=1&isAllowed=y.
James Graham / Jessica méndez
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la bebida junto con tasas o valores graduales como su contenido calórico
y/o de azúcar. Países como Brasil, Chile, Panamá, Paraguay, Perú, entre
otros, lo aplican ad valorem; mientras que países como Bolivia, Costa Rica,
Uruguay, Belice, etc., usan la fórmula valor o montoespecíco. En efecto, si
tomamos el caso de México, el impuesto es $ 1.3996 por litro de venta. En
este sentido, se trata de un impuesto que usa el método valorespecíco. Di-
cho eso, la aplicación de este método es el más criticado, considerando que
los resultados buscados no están a la altura de lo anunciado.
Ahora bien, no cabe duda de que el mero objetivo recaudatorio se
ha logrado4, pero no consta una real reducción de la obesidad. En efecto,
en el 2014, cuando se gravó a las bebidas con este impuesto, los mexicanos
reaccionaron al cambio de precios a corto plazo. Sin embargo, retomaron su
hábito de consumo con el paso del tiempo por lo que se ha comprobado que
no disminuye el consumo5.
8,000
Crece como ‘espuma’
Pese a que hace 5 años inició el impuesto a los
refrescos, su venta creció 3% de 2014 a 2019
Millones de litros de venta de refrescos a mayo
de cada año
Fuente: INEGI
7,000 20152014 20192017
7,617
7,735
7,844
7,210
4 De acuerdo con la Asociación Naciona l de Productores de Refrescos y Aguas
Carbonatadas (Anprac), desde su implementación hasta mayo de este año,
el IEPS a bebidas saborizadas reportó un acumulado de 72,615 millones de
pesos. https://www.eleconomista.com.mx/economia/IEPS-a-bebidas-azu-
caradas-opera-con-exito-en-otros-paises-expertas-20170808-0074.html.
5 https://www.elnanciero.com.mx/empresas/consumo-de-refrescos-le-dan-
la-vuelta-a-los-impuestos-y-sube-3-en-los-ultimos-5-anos/.

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