El derecho a la tutela judicial efectiva en las personas en situación de discapacidad - Las personas en situación de discapacidad como sujetos del Derecho civil y familiar - Libros y Revistas - VLEX 976200590

El derecho a la tutela judicial efectiva en las personas en situación de discapacidad

AutorNelson Jesús Sotolongo Travieso
Cargo del AutorProfesor Adiestrado de Derecho Procesal Facultad de Derecho Universidad de La Habana. Juez Profesional del Tribunal Provincial de La Habana
Páginas219-239
219
El dErEcho a la tutEla judicial EfEctiva En las pErsonas En situación dE
discapacidad
el derecho a la tutela judici al efectiva en las Persona s en
situación de discaPacid ad
Nelson Jesús sotolonGo travieso
Profesor Adiestrado de Derecho Procesal
Facultad de Derecho
Universidad de La Habana.
Juez Profesional del Tribunal Provincial de La Habana
Sumario:
1. Algunas ideas introductorias. 2. Miradas en torno al concepto de
tutela judicial efectiva. 3. La tutela judicial efectiva y el acceso a la jus-
ticia, particularidades en las personas en situación de discapacidad. 4.
Los poderes del juez puestos a disposición de las personas en situación
de discapacidad. 5. Los métodos alternativos de solución de conictos,
una protección para las personas en situación de discapacidad. 6. Las
personas en situación de discapacidad y la ejecución de sentencias. 7.
Conclusiones.
1. alGunas ideas introductorias
Las personas en situación de discapacidad constituyen un sector pobla-
cional cada vez más creciente, que por sus propias condiciones en muchas
ocasiones son puestos en una posición de vulnerabilidad frente a la sociedad,
motivo que ha llevado a que se le preste una especial atención al estudio de
estas personas desde las diferentes ciencias, además de los instrumentos y me-
canismos que se pudieran implementar para lograr una completa protección.
Vario se ha escrito sobre la protección que desde el Derecho se le puede
dar a las personas en situación de discapacidad, tanto desde el Derecho civil
–en el orden personal y en el orden patrimonial–, como desde el Derecho de
familia y el Derecho penal; pero en la búsqueda de esa protección integral,
en los últimos tiempos se ha desatado un movimiento académico por par-
te de los procesalistas para desentrañar aquellas herramientas del Derecho
procesal que se pueden poner a disposición de las personas en situación de
discapacidad, para garantizar un pleno resguardo a sus derechos. Dentro de
esas herramientas procesales que constituyen una garantía para los derechos
de este sector poblacional se encuentra la tutela judicial efectiva.
220
NelsoN Jesús sotoloNgo travieso
Sabemos que la tutela judicial efectiva es la base y, por tanto, el punto de
partida del aseguramiento de las garantías para el ejercicio de los derechos
de las personas, que así lo consagra nuestra Constitución del 2019, al regular
dicha institución como la primera de las garantías de los derechos, en el Capí-
tulo VI de la propia disposición normativa; pero lo cierto es que en las perso-
nas en situación de discapacidad este adquiere una signicación superior, al
ser piedra angular para el pleno desenvolvimiento de estos en sede judicial.
Sabemos que el principal instrumento jurídico internacional dedicado a
la protección de las personas en situación de discapacidad es la Convención
internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad1 del año
2006, por tanto, cualquier tema que vaya a ser tratado en torno a estas per-
sonas debe realizarse desde el prisma de la Convención. Dicho instrumento
refrenda en su artículo 1: “[…] Las personas con discapacidad incluyen a aquellas
que tengan deciencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que,
al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva
en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”. Al mismo tiempo, si de
tutela judicial efectiva se habla en las personas en situación de discapacidad,
debemos acudir a las Cien Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las
personas en condición de vulnerabilidad,2 ya que una de las principales ga-
rantías que enarbola la tutela judicial efectiva es el pleno ejercicio del derecho
de acceder a la justicia sin trabas ni contratiempos. En dicha disposición nor-
mativa se determinan los sujetos que, por diversas causas, se encuentran en
situación de vulnerabilidad o son proclives a ella. Así, se consideran en esta
condición aquellas personas que, por razón de su edad, género, estado físico
o mental,3 o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales,
encuentran especiales dicultades para ejercitar con plenitud ante el sistema
de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.
En lo relativo al estado físico o mental de las personas, es obvio que resul-
ta un grupo poblacional que reviste mayor importancia de cara a una pro-
tección de sus derechos, por ello es cada vez mayor la preocupación de los
Estados por otorgarle un ámbito de protección integral a estas personas en
1 Cfr. Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad,
aprobada por la Asamblea de las Naciones Unidas en el mes de diciembre de 2006,
disponible en https://sid-inicio.usual.es/la-convencion-de-la-onu-sobre-los-derechos-de-
las-personas-con-discapacidad/ [consultado el 26 de marzo de 2023].
2 Cfr. Cien Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de
vulnerabilidad, acordadas por la Asamblea Plenaria de la XIV edición de la Cumbre Judicial
Iberoamericana, celebrada los días 4, 5 y 6 de marzo de 2008 en Brasilia, editada por
la Corte Suprema de Justicia de la República del Paraguay, 2010, disponible en http://
www.pj.gov.py/book/100reglas/reglas.html [consultado el 26 de marzo de 2023].
3 Las Cien Reglas de Brasilia preceptúa en su Sección 2a, “Beneciarios de las Reglas”:
“Se entiende por discapacidad la deciencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza
permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la
vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.
”Se procurará establecer las condiciones necesarias para garantizar la accesibilidad de las personas
con discapacidad al sistema de justicia, incluyendo aquellas medidas conducentes a utilizar todos
los servicios judiciales requeridos y disponer de todos los recursos que garanticen su seguridad,
movilidad, comodidad, comprensión, privacidad y comunicación”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR