El derecho como la expresión del espíritu - Primera parte. Desarrollo histórico - La filosofía del derecho - Libros y Revistas - VLEX 976426603

El derecho como la expresión del espíritu

AutorCarl J. Friedrich
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Heidelberg
Páginas103-110
103
LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
XV.
EL DERECHO COMO LA EXPRESIÓN DEL ESPÍRITU
Hegel y la Escuela Histórica
LA FILOSOFÍA del derecho expuesta por Hegel es totalmente opuesta a la de Kant,
hecho éste frecuentemente oscurecido por el término «idealismo», que se aplica a
ambos. Es cierto que Hegel también considera el derecho dentro del marco de la
moral; su ética y su fil osofía del derecho for man una unidad. Se trata este punto en
su fa mosa obra, Gru ndlin ien de r Phi losop hie de s Rech ts, od er Nat urrec ht und
Staatswissensc haft in G rundrisse (1821).1En este estud io d e los pr incipios básicos
Hegel investiga primero el derecho, después la moral y, por último, lo que él llama
ética (Sittlichkeit). Dentro de la estructura del último tema, describe el estado como
el logro que lo corona todo y como la realización de la ética en la comunidad. Pero
estos conceptos de estado, der echo y ética, no se tratan aquí de manera «abstracta»
o «g ene ral» , sin o que se to man como conc epto s en d esar roll o. Se tra tan
«dialécticamente», de modo que, según Hegel, progresamos del derecho «abstrac-
to» a l estado «concreto». Derecho, estado y ética s on expresiones de un desarrollo
histórico que es la manifestación de un espíritu nacional, y estos espíritus naciona-
les en su totalidad son la manifestación del espír itu mundial. Deben comprenderse
como proyecciones concretas de este espíritu mundial. El espíritu mundial no es
algo ajeno a ellas, sino que en ellos y por ellos es lo que es.
El estado hegeliano es la comunidad ética. No es una institución para la reali-
zación de la ética, sino la realizació n mi sma. Si no se compr ende esta p osición
fundamental, será imposible comprender su filosofía del derecho, ya que la noción
general dominante acerca del estado es la de una institución, o una multiplicidad
institucional, en la que están unidos aquellos que poseen el poder de gobernar y,
por tanto, el poder de crear normas obligatorias. Desde luego, en una sociedad
libre y democrática ello incluye tanto a los ciudadanos como al gobierno. Pero,
aparte de este concepto positivista dominante del estad o, es natural que el sentido
común vea en el estado la estructura realmente existente del poder y del derecho
que domina o rige en determinada comunidad. Así, el estado hitleriano es el apara-
to que realmente ejerce la función gubernamental como hecho histórico. Para Hegel,
1La edición más autorizada de esta obra e s, en nuestros días, la de Johannes Hoffmeister, publicada
como vol. XII de una nueva edición c rítica de la o bra de Hegel: Sämtliche Werke, Felix Meine r,
Hamburgo. Los párrafos citados en el texto corresponden a esta edición. Además de esta ob ra
básica, quienes estudien la filosofía hegeliana del derecho deberán dar c uidadosa atención a sus
Schriften zur Politik und Rechtsphilosophie, Leipzig, 1913. En inglés puede verse mi edición de los
textos básicos de las Grundlinien der Philosophie des Rechts... en el volumen The philosophy of Hegel,
1958.

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