Capítulo VII. Seguros - Teoría y práctica del derecho civil - Libros y Revistas - VLEX 1026872392

Capítulo VII. Seguros

AutorAdriano De Cupis
Páginas247-268
247
TEORÍA Y PRÁCTICA DEL DERECHO CIVIL
VII
SEGUROS
1. INTRODUCCIÓN
En la s páginas que siguen a continuación, se a frontan dos clases distintas de
problemas: en primer lugar algun os ref erentes directamente a los seguros y, en
segundo término, otros atinentes a la responsabilidad civil del empresario, relacio-
nada y coordinada, con el seguro obligatorio de accidentes de trabajo.
En relación con esta clase de seguros, como es sabido, la responsabilidad civil
se aparta de las reglas del derecho común; esta colaterali dad y diferenciación del
derecho común, justifica las razones por las que los trabajos concernientes a esta
clase de responsabilidad, han sido colocados en este lugar.
2. DECLARACIONES INEXACTAS Y RETICENCIAS DEL TERC ERO EN EL SEGURO DE VIDA*
1. Los artículos 1.892-93 del Código civil, encuadrados entre las disposiciones
generales sobre seguros, regulan los efectos de las declaraciones inexactas y de las
reticencias del «contratante» (o mejor dicho: de uno de los contratantes, ex cluido el
asegurador). Sobre la base al artículo 1.894, el «sujeto en cuyo interés se ha estipu-
lado el seguro», no puede aprovecharse de la buena fe eve ntual d el contr atante
cuando haya conocido la inexactitud u omisión de los datos declarados; es justo, en
efecto, que el sujeto del in terés, aquel en cuyo beneficio se haya cel ebrado, no
pueda sustraerse a la aplicación de las normas establecidas para proteger al aseg u-
rador.
¿«Quid iuris» en el seguro sobre la vida de un tercero, en el que el mismo se
toma en consideración no ya como sujeto de la relación de seguro, sino simplemen-
te como objeto del riesgo? ¿Cuál será el efecto de sus declaraciones inexactas y de
sus reticencias?
En el caso decidido en la sentencia que nos ocupa del Tribunal de Roma, la
solución del problema era factible por la existencia de una cláusula contractual en
*Publicado en Assicurazioni, 1954, II, págs. 44 y ss. Nota a la sentencia del Tribunal de Roma de 9 de
abril de 1953, Giannuzzi c . Ist. Naz. Assicurazioni. El Tribunal sentenció que:
«En el caso de seguros sobre la vida de un tercero, pueden oponerse al asegurado beneficiario, a los
fines de la acc ión de nulidad prevista por el artículo 1.892 del Cód. civ., también las declaraciones
inexactas o reticentes efectuadas por el tercero asegurado con dolo o culpa grave, c uando resulte
expresamente de la póliza que el asegurador prestó su conse ntimiento al contrato basándose en la
veracidad de las declaraciones del propio asegurado».
248
ADRIANO DE CUPIS
la que se atribuía a la veracidad de la declaración realizada por un tercero sobre su
estado de sa lud, el valor de fun damento del consentimiento del asegurador. Esto
significa que tal veracidad era convencionalmente considerada por los contratantes,
como presupuesto del consentimiento y de la consiguiente relación asegurativa1.
Esta extensión convencional de la disciplina relativa a las declaraciones inexactas y
a las reticencias, no contrasta con el artículo 1.932 del Código civil, según el cual las
disposicion es de los artí culos 1.892 y 1.893 no pueden ser «derogadas» sino en
sentido favorable para el asegurado; no se trata, pues, en este caso, de una deroga-
ción modificativa, equivalente a la admisión de una diferente regulación, sino sim-
plemente de la valoración de un supuesto especial no incluido en la regulación
prevista por el legislad or.
El caso era el siguie nte: Un marido estipula un contra to d e s eguro en su
propio beneficio, para el caso de muerte de su mujer; por consiguiente, la mujer no
era con tratante ni sujeto del interés, pero la introducción en el contrato de la cláu-
sula mencionada, da lugar a que la s declaraciones inexactas y las reticencias de la
mujer, acompañadas de dolo o culpa grave, determinen la anulabilida d del contrato
tal como establece el artículo 1.892.
Por las razones expuestas, consideramos que el Tribunal ha resuelto recta-
mente.
2. El problema es más arduo cuando falta un pacto explícito en la póliza:
¿puede estimarse que, incluso en este caso, las declaraciones inexactas y las reticen-
cias del tercero, den lugar a los efectos de los ar ts. 1.892 y 1.893?
Tratemos inicialmente, de investigar el fundamento de la disciplina contenida
en dichos artículos.
Tal regulación se basa en la exigencia de la iden tidad entre el riesgo que el
asegurador cree asumir y la del que realmente asume 2; las declaraciones inexactas y
las reticencias, prej uzgando tal identidad, influyen en sentido negativo sobr e la
vida de la relación as egurativa.
Dicha influencia , precisada en los artículos 1.892-93, es. importante y la regu-
lación establecida por el legislador presenta tales caracteres, que no puede encua-
drarse en los princip ios g enerales sobre los vicios del consenti miento (artículos
1.427 y ss.); piénsese por otra parte, en la superación d e la noción de l dolo entendi-
do en sentido restrictiva (art. 1.43 9) como «enga ño», y en la par ificación (art. 1892,
del «dolus incidens» al «dolus causam dans» (en contraste con la d iferenciación
establecida en el artículo 1.440), y en la diversidad de los medios a disposición del
asegurador (anulabilidad: art. 1.892)3.
Pero aun cuando sea evidente la influencia que las declara ciones inexactas y
las reticencias ejercen en la vida de la relación asegurativa, no puede transcender
más allá de los presupuestos indicados por la ley, salvo la extensión basada en la
1Cfr. DONATI,Teoria indennitaria nelle assicurazioni e contratto a favore di terzo, en Riv. Dir. Comm., 1954,
I, pág. 7.
2Cfr. DONATI en D’AMELIO y FINZI,Cod. civ., Libro delle Obblig. Commentario, Vol. II, Florencia, 1949,
pág. 241.
3Cfr. sobre esta cuestión detalladame nte DONATI ,Ob.cit., págs. 241-242; y además, SALANDRA, en
Commentario del cod. civ., al cuidado de SCIALO JA yBRANCA , Libr. IV, artículos 1.861-1.932, Bolonia-
Roma, 1948, pág. 213.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR