Alzamiento de prenda - A - Primera Parte. Práctica Forense - Nueva Práctica Forense Concursal. Ley 20.720. Tomo I - Contratos - VLEX 903484922

Alzamiento de prenda

AutorAnibal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado. Universidad de Chile
Actualizado aMarzo 2022

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EN LO PRINCIPAL: ALZAMIENTO DE PRENDA. OTROSÍ: ACOMPAÑA DOCUMENTOS EN FORMA LEGAL.

S. J. L. EN LO CIVIL

...............Abogado, por............ Liquidador Concursal, en Procedimiento Concursal de Liquidación Voluntaria de Empresa Deudora, caratulados "................", Rol ..........a US., con todo respeto digo:

Que, forman parte de los activos de la empresa deudora, incautados e inventariados de conformidad con la ley 20.720, en estos autos, los siguientes vehículos:........................

Según consta en los certificados de Inscripción y Anotaciones Vigentes en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación que acompaño en el otrosí, a la fecha de la Dictación de la resolución de liquidación, los referidos vehículos registran las siguientes anotaciones:........................

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley 20.720, todos los embargos y medidas precautorias quedarán sin efecto desde que se dicte la Resolución de Liquidación y en consecuencia, se encuentran alzadas por el solo ministerio de la ley. Con esta norma, el legislador concursal ha buscado dejar libre de todo y cualquier tipo de gravamen que pueda interferir con la venta de los bienes de propiedad de la empresa deudora, razón

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por la cual la interpretación de este artículo debe ser realizada en forma amplia, no circunscribiéndose en forma única y exclusiva a embargos y medidas precautorias, sino que a cualquier gravamen o limitación al dominio que pueda dificultar la realización del activo de la empresa deudora. Lo anterior, se ve corroborado con lo dispuesto en los artículos 170 y siguientes de la Ley 20.720, que regula la verificación de créditos de los acreedores de la empresa deudora y además con lo dispuesto en los artículos 241 y siguientes del mismo cuerpo legal, que regula la forma en que se paga el pasivo del procedimiento concursal. En ese sentido SS., las prendas y meras tenencias que gravan los vehículos de propiedad de la empresa deudora deberá ser verificada en el procedimiento concursal, pagándose ésta de conformidad con las normas que rigen el pago del pasivo.

Con el mérito de lo anterior, y dado que los vehículos antes individualizados, fueron...

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