ley 18120
- Vigente Ley N° 18.120 establece normas sobre Comparecencia en Juicio y modifica los Artículos 4° del Código de Procedimiento Civil y 523 del Código Orgánico de Tribunales
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Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Primero, 22 de Octubre de 2015
SE TIENE POR NO PROVEIDO Y POR NO PRESENTADO EL RECLAMO. FALTA DE PATROCINIO. FALTA DE FIRMA DEL RECLAMANTE. LEY 18120 SOBRE COMPARECENCIA EN JUICIO. ART. 129 DEL CODIGO TRIBUTARIO.
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Sentencia de Tribunal L.g.b. Ohiggins, 30 de Diciembre de 2014
Se hace efectiva sancion del artículo 2 Ley N°18120, que exige el patrocionio de abogado en determinadas causas.
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Sentencia de Tribunal del Biobio, 24 de Febrero de 2014
En conformidad al artículo 129 del Código Tributario y al artículo 1 inciso 2 de la ley 18.120, el reclamo que exceda la cuantía de 32 UTM y no cuente con patrocinio de abogado habilitado, se tendrá por no presentado para todos los efectos legales.
- Comparecencia en juicio
- Escritos de tramitación general
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Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 3 de Abril de 2014
Se tiene por no presentada la reclamación puesto que no se constituye en forma el patrocinio y poder para representar a la reclamante.
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Sentencia nº R-33-2016 de Tercer Tribunal Ambiental (Zona Sur). 2016-03-23
Tribunal resolvió tener por no presentada la reclamación, ya que los Reclamantes no acompañaron debidamente copias autorizadas de mandatos judiciales que acreditaren el poder de los abogados para comparecer en su representación, por lo que el Tribunal aplicó el apercibimiento establecido en el inciso 4° del artículo 2° de la Ley N° 18.120.
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Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 23 de Marzo de 2016
Se tiene por no presentada la reclamación, puesto que no se acreditó la personería de quien comparece en representación de la reclamante.
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Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 25 de Agosto de 2014
Se tiene por no presentada la reclamación puesto que no se acreditó la personería de quien comparece en representación de la reclamante.
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Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 22 de Enero de 2014
Se tiene por no presentada la reclamación puesto que no se acredita o constituye la personería del compareciente para representar a la reclamante ni se designa abogado patrocinante.
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Causa nº 837/2008 (Casación). Resolución nº 837-2008 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 7 de Abril de 2009
Abandono de Procedimiento. Renuncia al Incidente. Designación de Abogado Patrocinante. Siendo el argumento invocado por el ejecutante que ha operado la renuncia regulada en la última norma citada, cabe señalar que para que ésta opere es necesario que el incidentista realice una gestión previa a la alegación del abandono. Luego, encontrándose asentado que los demandados no llevaron a cabo ninguna
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Causa nº 2929/1999 (Casación). Resolución nº 10615 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 9 de Agosto de 2000
ABANDONO DEL PROCEDIMIENTO. El artículo 152 del Código de Procedimiento Civil exige, para declarar el abandono del procedimiento, que las partes hayan cesado en la prosecución del juicio durante seis meses, contados desde la fecha de la última resolución recaída en alguna gestión útil para dar curso progresivo a los autos, de modo que no es suficiente para entender interrumpido dicho plazo, si el
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Causa Nº 8226-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Primera Civil, 25/09/2018
ñ í ó. Dict. Autos ejecutivos. á sentencia
- Práctica Forense N°9.- Contestación demanda. Divorcio. Formulario
- Práctica Forense N°4.- Nulidad procesal. Todo lo obrado. Falta notificación
- Práctica forense N°3.- Demanda impugnación de paternidad y maternidad y reclamación de paternidad
- Vigente Ley N° 20.322, del 13 de Enero, Fortalece y Perfecciona la Jurisdicción Tributaria y Aduanera.
- Vigente Decreto Ley 830, Código Tributario
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Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Tercero, 7 de Noviembre de 2014
R.L.. Fallo TTA: Téngase por no presentado el reclamo, por incumplimiento Ley 18120
- N°4.- Querella infraccional e indemnización de perjuicios
- Práctica Forense N°8.- Alimentos. Menores
- Práctica forense N°10.- Violencia intrafamiliar
- Práctica forense N°6.- Demanda. Relación directa y regular
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Sentencia nº R-34-2016 de Tercer Tribunal Ambiental (Zona Sur). 2016-03-23
Tribunal tuvo por no presentada la reclamación, considerando que esta no cumplía con los requisitos procesales mínimos para ser admitida a tramitación, al no acompañarse copias autorizadas de mandatos judiciales tendientes a acreditar el poder de los abogados para comparecer en representación de los Reclamantes; en consecuencia, el Tribunal hizo efectivo el apercibimiento regulado en el inciso 4°