Teoría de las obligaciones - Teoría de las obligaciones - Derecho civil en resúmenes y esquemas. Tomo I - 23ª Edición 2023 - Libros y Revistas - VLEX 971842281

Teoría de las obligaciones

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado Universidad de Chile
Páginas255-266
DERECHO CIVIL EN RESÚMENES Y ESQUEMAS 255
TEORÍA DE LAS OBLIGACIONES
TEMA 1
TEORÍA DE LAS OBLIGACIONES
(Derechos Reales; Derechos Personales; El derecho de las Obligaciones;
Concepto de Obligación; Las Fuentes de las Obligaciones; Otras Fuentes
de las Obligaciones).
Introducción: Dentro del cuadro general del patrimonio se deben distinguir
los derechos reales (“el que tenemos sobre una cosa sin respecto a
determinada persona”, art.577) y los derechos personales o créditos
(“aquellos que solo pueden reclamarse de ciertas personas que, por un
hecho suyo o la sola disposición de la ley han contraído las obligaciones
correlativas,”, art.578). Derechos reales: dominio, herencia, usufructo, uso y
habitación, servidumbre activa, prenda, hipoteca.
Características del derecho real: 1.- Su carácter absoluto; 2.- Su derecho
anexo de persecución; 3.- Intervención de dos elementos relacionados entre
sí en forma directa: el titular del derecho y la cosa sobre la cual lo ejercita;
4.- La determinación “en especie” de la cosa sobre la cual recae; 5.- Están
taxativamente enumerados por la ley.
Características del derecho personal: 1) Su carácter “relativo” (limita su
ejercicio respecto de aquellas personas que han contraído las obligaciones
correlativas); 2) La ausencia del derecho de persecución;
La intervención de tres elementos relacionados entre sí en forma indirecta:
el acreedor, el deudor y la cosa que se debe; 4) La determi- nación de la
cosa debida puede ser “en especie” o “en género”; 5) Los derechos
personales son ilimitados y dependen solamente de las obligaciones que
puedan contraer las personas.
Diferencias entre derechos reales y derechos personales: 1ª) En los
derechos reales existe una relación directa de persona a cosa. En cambio,
en los personales, la relación es entre 2 sujetos determinados: acreedor y

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