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La Solución Corporativa de la Cuestión Social y el nuevo derecho Sindical y Corporativo

AutorVirgilio Feroci
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Pavía
Páginas55-79
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InstItucIones de derecho sIndIc al y corporatIvo.
capÍtulo iii
la solución corporativa De la cuestión social y el nuevo
Derecho sinDical y corp orativo
SUMARIO.—1. La doctrina fascista del Estado.—2. El nuevo concepto de
las relaciones colectivas de trabajo.—3. La solución corporativa de la
cuestión social.—4. Diferencia entre socialismo, sindicalismo y corpora-
tivismo.—5. Principales textos legislativos.—6. El nuevo derecho de tra-
bajo.—7. Autonomía y caracteres del Derecho sindical y corporativo.—8.
Publicaciones, estudios y revistas.—9. Cátedras, escuelas, propaganda.
Notas acerca de las bases del Derecho sindical español.
1. la Doctrina fascista Del esta Do.
Hemos dicho, pero no está de más repetir, que un armazón del problema
de las relaciones entre capital y trabajo, enteramente nueva, no habría sido
posible sin haber preparado primeramente el terreno adaptado a la germina-
ción de las nuevas ideas con adecuadas disposiciones legislativas, y más aún
con la lección de unas prácticas efectivas.
Una exigencia se imponía antes que cualquier otra, y era la de denir neta
e indiscutiblemente la idea de qué es el Estado1.
Había que organizar el Estado no como forma extrínseca mecánicamente
impuesta a la conciencia nacional, sino como la misma forma nativa de esta
conciencia, como la personalidad misma real y activa del pueblo italiano2;
había que proclamar que «el pueblo es el cuerpo del Estado, y el Estado, el
espíritu del pueblo; que en el concepto fascista, el pueblo es el Estado y el
Estado es el pueblo»3.
Porque un Estado verdaderamente solo vive y prospera cuando, además
del nexo que da unidad formal a los partícipes de una misma ordenación jurí-
dica, hay entre estos un ligamen ético, una profunda identidad de voluntades,
1 P. corso: Lo Stato fascista, Roma, Lib. del Littorio, 1929; L. viesti: Sindacalismo e corpora-
tivismo, en la «Gazzetta del Mezzogiorno» del 18 de agosto de 1937; M. albert: Realtà e
dottrina della economia fascista, en la «Tribuna» del 30 octubre 1937.
2 Gentile: En el «Corriere della Sera» del 20 marzo 1929. El Estado es ante todas las cosas un
principio ético. Véase también Gentile: Origini e dottrina del fascismo, Roma, 1929.
3 mussolini: Discorso de 18 marzo 1934, inserto en la pág. 33 del vol. IX de los «Scritti e di-
scorsi», Milán, Hoepli, 1935.
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Virgilio Feroci
una real comunión de espíritus, un igual ardor de fe en la religión civil de la
Patria4.
De otra parte es también verdad que una revolución no merece el nom-
bre de tal si no pone en obra un nuevo derecho público y un nuevo espíritu
del pueblo. «La revolución—su mismo nombre lo indica—es, sobre todo, una
mutación política o social, o política y social a la vez; por consiguiente, un
proceso histórico que pone en obra una nueva ordenación del Estado, o de la
Sociedad, o de ambas a dos»5.
Todos están de acuerdo en que la Marcha sobre Roma señaló el principio
de una verdadera y honesta revolución.
Y de una revolución que, en lugar de ir acumulando escombros, ha preferi-
do transformar gradualmente tanto como radicalmente el ambiente y las ins-
tituciones6; una revolución característicamente latina, esto es, la revolución de
un pueblo que piensa siempre en función de las cosas, que antes de la lección
de las teorías y de las doctrinas, busca la lección de las cosas7.
El fascismo ha comprendido que la Nación italiana no podía salvarse sino
por medio de la creación de un «nuevo orden político y social en el que las
masas ni quedaran ya más abandonadas a sí mismas, sino al contrario, incor-
poradas al Estado, y partícipes, no solo nominalmente, sino efectivamente, de
su vida»8.
Se realiza de esta manera la fórmula mussoliniana «todo para el Estado,
nada fuera del Estado, nada contra el Estado», y este queda concebido como
unitario, omnipotente y soberano, con un jefe indiscutible y una poderosa
jerarquía9.
Pero adviértase que no se trata ya de que el Estado deba o quiera servirse
de su omnipotencia para absorberlo y oprimirlo todo: tan solo quiere—y lo
proclama abiertamente—armonizar y coordinar todos los intereses naciona-
les para enderezarlos a la obtención de nes superiores.
4 del vecchio: En la «Rivista Internazionale di Filosofía del Diritto», 1929, págs. 1-21; Pa-
nunZio: Il sentimento dello Stato, Roma, Lib. del Littorio, 1929.
5 Rocco: La transformazione dello Stato, Roma, «La Voce», 1927, pág. 6; y el vol. III de los
«Scritti e discorsi politici, Milán, Giuffrè, 1938.
6 turati: Discorso, en Bolonia, 1.º julio 1929.
7 bottai: Lezione, en el Instituto de Cultura Fascista de Milán, 22 enero 1922.
8 mussolini: Relazione al Senado, 8 noviembre 1928.
El error del presidente americano Roosevelt ha sido el de querer hacer una revolución
en el campo económico «sin subvertir los objetivos democráticos de las leyes vigentes».
Véase: Pal ladino, L’errore di Roosevelt, en «Stato», 1935, pág. 696; de marcantonio, en
«Giustizia del Lavoro», 1936, pág. 465. Véase el artículo de mussolini Roosevelt e il sistema,
inserto en la pág. 219 del vol. VIII de los «Scritti», Hoepli, 1934. Véase también el libro de
Pierro: L’esperimento di Roosevelt, Milán, Mondadori, 2.ª ed., 1938.
9 En una entrevista publicada en el «Popolo d’Italia» del 11 febrero 1928, el ministro Rocco
dijo que la constitución del Estado fascista recuerda un poco la de la Iglesia.
Para la doctrina del Fascismo, véase el artículo de mussolini, inserto en el vol. XIV de la
Enciclopedia Italiana y comprendido ahora en el vol. VIII de los «Scritti e discorsi».

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