La Carta del Lavoro y la legislación social fascista - Instituciones de Derecho Sindical y Corporativo - Libros y Revistas - VLEX 976304598

La Carta del Lavoro y la legislación social fascista

AutorVirgilio Feroci
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Pavía
Páginas253-294
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InstItucIones de derecho sIndIc al y corporatIvo.
capÍtulo iX
la carta Del lavoro y la legisla ción social fascista
SUMARIO.—1. Historia y redacción de la Carta del Lavoro.—2. Los princi-
pios de la Carta del Lavoro.—3. Aplicaciones legislativas.—4. La ecacia
de la Carta del Lavoro y la ley de 3 de enero de 1941.—5. El Decenal de la
Carta del Lavoro.—6. Instituciones auxiliares de la ordenación corporati-
va, y legislación social en general.—7. Las ocho horas; el descanso sema-
nal; las cuarenta horas semanales.—8. Accidentes y enfermedades profe-
sionales.—9. Invalidez, vejez, desocupación; higiene del trabajo.—10. La
Obra Nacional del Dopolavoro; el sábado fascista; el sábado teatral.—11.
Las Ocinas de Colocación.—12. El Patronato Nacional de Asistencia So-
cial y la Cartilla de Trabajo.—13. El salario corporativo.—14. Los Subsi-
dios Familiares.—15. La resolución de las controversias individuales de
trabajo.—16. La resolución de las controversias individuales de trabajo
(n).
Notas de Derecho español.
1. historia y reDacción De la carta Del lavoro.
En la sesión de 7 de enero de 1927, el Gran Consejo Fascista acogió la idea
de una Carta del Lavoro, esto es, de una especie de Estatuto que establece las
normas fundamentales reguladoras de la producción y del trabajo nacional,
según los nuevos principios instaurados por el régimen.
El trabajo preparatorio fue hecho en el Ministerio de Corporaciones1, pero
la redacción denitiva de la Carta del Lavoro fue obra personal del Duce.
Esta fue publicada en el aniversario de la fundación de Roma, 21 de abril de
1927-V, y fue con expreso designio, porque aquel día había sido ya destinado
celebrar la esta del trabajo2 y porque estuviese unida también al nombre de
la Urbe esta genial y atrevida concepción social3.
1 El 11 de febrero de 1927 hubo una primera reunión en el Ministerio de Corporaciones para
estudiar la Carta: el Subsecretario, Bottai, comunicó los puntos fundamentales del Jefe del
Gobierno para que fuesen desarrollados por los técnicos.
2 En la conmemoración de la fundación de Roma se entregaron a los que las habían me-
recido las estrellas del Mérito del Trabajo y del Mérito Rural, los premios a los que se
distinguieron en la actividad artística y literaria, las condecoraciones a los Caballeros del
Trabajo y los premios a todos cuantos habían merecido bien en el campo del trabajo.
3 He aquí las palabras con que el Gran Consejo acompañaba el histórico documento: «El
Gran Consejo, en el momento de promulgar esta Carta, que es un documento fundamen-
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Virgilio Feroci
La Carta fue publicada en la «Gaceta Ocial del Reino» el 30 de abril de
19274.
La Carta del Lavoro no es realmente una verdadera ley, pero contiene (divi-
didos en XXX párrafos) una serie de principios y de observaciones destinadas
a ir siendo convertidos en leyes: en suma, es como la trama sobre la cual urde
el tejedor con su ingenioso trabajo el tejido noble y robusto.
El Gobierno fue autorizado, en cuanto sea necesario, por la ley de 13 de
diciembre de 1928, a dictar disposiciones con fuerza de ley para la entera rea-
lización de la Carta de Trabajo.
2. los principios De la carta Del lavoro.
Del principio de la supremacía del Estado fascista, en el cual se realiza ínte-
gramente la unidad moral, política y económica de la nación italiana5, a cuyos
superiores intereses los intereses de los particulares deben ser siempre subor-
dinados (párr. I), se desprenden estos corolarios: la intervención del Estado en
la tutela del trabajo en todas sus formas (párr. II) y, cuando llegue la ocasión,
en la misma producción (párr. IX); la organización de todas las fuerzas del tra-
bajo en los sindicatos y en las corporaciones bajo el control del Estado (párrs.
III y VI); la atribución de todas las controversias a la Magistratura del Trabajo
tal de la Revolución Fascista, en cuanto determina los deberes y los derechos de todas las
fuerzas de la producción, cree oportuno llevar a ella la atención de todo el pueblo italiano
y de cuantos en el mundo se ocupan en problemas sociales contemporáneos, puesto que
con este acto de voluntad y de fe el Régimen de los Camisas Negras demuestra que las
fuerzas de producción son conciliables entre ellas, y que solamente con esta condición son
fecundas. El Régimen Fascista demuestra, además, que, hacia afuera y hacia arriba, está
en antítesis con las ruinosas y absurdas demagogias socialistas, para siempre y en todas
partes en quiebra, desacreditadas e impotentes; que tiende a elevar el nivel moral y mate-
rial de las clases más numerosas de la sociedad nacional, que han entrado de derecho y de
hecho, conscientemente, en la órbita del Estado Fascista.»
4 Merece ser recordado aquí el libro de turati y bottai: La Carta del Lavoro (Roma, ed. del
«Diritto del Lavoro»), publicado en abril de 1929: es un volumen de más de quinientas
páginas, dividido en tres partes: en la primera son expuestos los trabajos preparatorios;
en la segunda, la Carta del Lavoro es comentada con tres ilustraciones de carácter general
y treinta comentarios particulares; en la tercera se desenvuelven las aplicaciones de la
Carta.
En un, estudio de introducción a la interesante publicación «L’Italia nella Organizzazione
del Lavoro della Società delle Nazioni» (dirigida por de michelis, 1930), bottai demuestra
la superioridad de la Carta del Lavoro sobre el conjunto internacional de Tratados de Paz,
y que era tenida por la armación más adelantada de los Derechos del trabajo.
Véanse también: lessona: La Carta del Lavoro come norma giuridica, Siena, Establecimiento
de Artes Grácas, 1927; ranelletti (E.): La Carta del Lavoro, en «Archivio Giuridico», 1929,
pág. 26; tombesi: La Carta del Lavoro e la legislazione sociale, Urbino, Tip. Arduini, 1928; ca-
sanova, en «Rivista del Diritto Commerciale», 1929, I, 574; O. Fantini: La Carta del Lavoro e
la questione sociale, en «Diritto Fascista», 1934, pág. 699; arena: La Carta del Lavoro, Milán,
Hoepli, 1938.
5 bruGi: Nazione e Stato nella Carta del Lavoro, en «Il Diritto del Lavoro», 1928, I, pág. 135;
maraviGlia: Grandezza storica della Carta del Lavoro, en «Tribuna», 21 abril 1937.
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InstItucIones de derecho sIndIc al y corporatIvo.
(párr. V); la dirección y el control reservados al Estado, del fenómeno de la
ocupación y la desocupación (párrafos XXII y XXIII).
Considerada la iniciativa privada en el campo de la producción como el
instrumento más ecaz y más útil en interés de la nación6, y lógicamente
declarada la responsabilidad de la organización de la empresa delante del
Estado en orden a la dirección de la producción (párrafo VII), y proclamado
el derecho del Estado de intervenir, en forma de control, de aliento o de ges-
tión directa, en la producción económica7, solo cuando falte o sea insuciente
la iniciativa privada o cuando estén en juego intereses políticos del Estado
(párr. IX)8.
Concebido y proclamado el trabajo en todas sus formas como un deber
social9, y la producción como un complejo unitario dirigido al bienestar de
los productores y al desenvolvimiento de la potencia nacional (párr. II)10, se
deducen los siguientes principios: reciprocidad de derechos y de deberes de
las varias fuerzas productoras (párrafo VII); obligación de las asociaciones de
empleadores de promover por todos los medios el aumento y el perfeccio-
namiento de la producción y de la reducción de los costos (párr. VIII); obli-
gación de las asociaciones de trabajadores de ejercitar una acción selectiva
entre estos dirigida a elevar cada vez más su capacidad técnica y su valor
moral (párr. XXIV); obligación de los profesionales libres y artistas y de los
funcionarios públicos de dar su concurso a la tutela de los intereses del arte,
de la ciencia y de las letras, al perfeccionamiento de la producción y a la
consecución de los nes morales de la ordenación corporativa (párr. VIII);
obligación11 de todas las asociaciones profesionales de regular las relaciones
6 Basta este explícito y solemne reconocimiento para distinguir la concepción corporativa
italiana de las teorías socialistas.
7 Este postulado distingue la concepción fascista de la concepción liberal.
8 Véase:
GasParri: A proposito della dichiarazione IX, en «Archivio di Studi Corporativi», 1937,
pág. 97.
A. Russo: Sul concetto giuridico di iniziativa privata, en «Saggi di Studi Corporativi», Pisa,
1939, pág. 95: «El particular es, mirado ampliamente, un órgano indirecto del Estado, en
cuanto, haciendo uso de sus poderes jurídicos, contribuye a la consecución de los nes
objetivos del Estado.»
9 Mientras el «derecho al trabajo», de marca liberal, era atropellado en el choque de las
contraposiciones, y a merced del más fuerte, el «derecho al trabajo», de marca marxista,
iba dirigido a la opresión de clase; la concepción corporativa del trabajo como deber social
coloca todos los factores de la producción en un pie de igualdad jurídica, los elementos no
productivos, en condiciones de inferioridad moral y política, y considera la protección del
trabajo como de interés general e inderogable (Guidi, en el vol. cit. La Carta del Lavoro).
«El Fascismo no admite que no se trabaje; todos debemos trabajar, cada uno en nuestro
campo, según nuestra capacidad. El trabajo ennoblece. He aquí, pues, cómo os considero
como compañeros y me alegra encontrarme en medio de vosotros»: Discurso del duque
de Pistoia a los operarios de los Establecimientos Lancia, de Bolzano, 6 julio 1937.
10 Desde el punto de mira de la ética del corporativismo, ésta es, ciertamente, la declaración
más importante. Véase cesarini-sForZa: Intorno alla Il dichiarazione, en «Archivio di Studi
Corporativi,», 1937, página 24.
11 La Carta del Lavoro habla de la obligación de las asociaciones profesionales de estipular
contratos colectivos. Se trata, por lo que se ha dicho en otra parte, de una obligación moral

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