Solicita aprobación judicial de propuesta de acuerdo de reorganización extrajudicial - S - Primera Parte. Práctica Forense - Nueva Práctica Forense Concursal. Ley 20.720. Tomo II - Contratos - VLEX 903485234

Solicita aprobación judicial de propuesta de acuerdo de reorganización extrajudicial

AutorAnibal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado. Universidad de Chile
Actualizado aMarzo 2022

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PROCEDIMIENTO: CONCURSAL

MATERIA: REORGANIZACIÓN EXTRAJUDICIAL

DEMANDANTE:

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ABOGADO PATROCINANTE:

RUT:

DEMANDADO:

RUT:

EN LO PRINCIPAL: FORMULA PROPUESTA DE ACUERDO DE REORGANIZACIÓN EXTRAJUDICIAL, SOLICITÁNDOSE LA APROBACIÓN JUDICIAL. PRIMER OTROSÍ: ACOMPAÑA DOCUMENTOS CON FINES DE PUBLICIDAD; SEGUNDO OTROSI: PATROCINIO Y PODER. TERCER OTROSI: FORMA DE NOTIFICACIÓN.

S.J.L. EN LO CIVIL

............abogado, en representación de...............por.........en Procedimiento Concursal de Reorganización de Empresas, ........a US., con todo respeto digo:

Que, la Empresa Deudora y los acreedores...............y de acuerdo a las disposiciones legales se vienen en presentar propuesta de Acuerdo de Reorganización Extrajudicial, solicitándose desde ya su aprobación judicial, en todo lo que no sea contrario a derecho en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:

  1. Cumplimiento de requisitos art. 107 Ley 20.720

    1) Relación de todos sus bienes, con expresión de su avalúo comercial, del lugar en que se encuentren y de los gravámenes que los afecten. Deberá señalar, además, cuáles de estos bienes tienen la calidad de esenciales para el giro de la Empresa Deudora;

    2) Relación de todos aquellos bienes de terceros constituidos en garantía en favor del Deudor. Deberá señalar, además, cuáles

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    de estos bienes tienen la calidad de esenciales para el giro de la Empresa Deudora;

    3) Relación de todos aquellos bienes que se encuentren en poder del Deudor en una calidad distinta a la de dueño;

    4) El certificado a que hace referencia el artículo 55, para la determinación del pasivo afecto a los Acuerdos de Reorganización Judicial. El pasivo que se establezca en este certificado deberá considerar el estado de deudas del Deudor, con una fecha de cierre no superior a cuarenta y cinco días anteriores a esta presentación, con indicación expresa de los créditos que se encuentren garantizados con prenda o hipoteca y el avalúo comercial de los bienes sobre los que recaen las garantías. Este certificado servirá de base para determinar todos los quórums de acreedores que se necesiten en la adopción de cualquier acuerdo, hasta que se confeccione la nómina de créditos reconocidos, conforme al procedimiento establecido en el Párrafo 2 del Título 1 del Capítulo III de esta ley, con sus respectivas ampliaciones o modificaciones, si existieren, y

    5) Si el Deudor llevare contabilidad completa, presentará el balance...

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