Se hace parte y señala forma de notificación. A correo electrónico para efectos legales - S - Primera Parte. Práctica Forense - Nueva Práctica Forense Concursal. Ley 20.720. Tomo II - Contratos - VLEX 903485224

Se hace parte y señala forma de notificación. A correo electrónico para efectos legales

AutorAnibal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado. Universidad de Chile
Actualizado aMarzo 2022

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EN LO PRINCIPAL: SE HACE PARTE Y SEÑALA FORMA DE NOTIFICACIÓN A CORREO ELECTRÓNICO PARA EFECTOS LEGALES. PRIMER OTROSI: COPIAS AUTORIZADAS; SEGUNDO OTROSI: ACOMPAÑA DOCUMENTOS EN FORMA LEGAL; Y TERCER OTROSI: PATROCINIO Y PODER.

S. J. L. EN LO CIVIL

.................., abogado, mandatario Judicial, de la Sociedad................, representada legalmente por................todos domiciliados para estos efectos en la ciudad de ........................ en Procedimiento Concursal de Reorganización Judicial, caratulados................en causa rol...., a US., con todo respeto digo: Que, vengo en hacerme parte en este Procedimiento Concursal para todos los efectos legales, señalándose, además, conforme al art. 6 de la Ley 20.720 sobre Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas, como forma de notificación el correo electrónico:...............

POR TANTO, con el mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en el art. 8 de la Ley 20.720 sobre Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas.

RUEGO A US.,

Se sirva tenerme por parte en este Procedimiento Concursal de Reorganización y como forma de notificación el correo electrónico:..........

PRIMER OTROSI: Solicito a V.S., se me otorgue copia autorizada en forma íntegra de todos los cuadernos, con carácter urgente atendido la brevedad de los plazos.

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SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a Usía, Se sirva tener por acompañados los siguientes documentos en forma legal:

- Copia Certificado de relación de bienes del art. 56 Nº4 de la Ley 20.720.

TERCER OTROSÍ: Sírvase S.S. tener presente que me patrocinará en estos autos el abogado ........., C.N.I... ............ , Registrado en la Oficina de Títulos de la Excelentísima Corte Suprema, a quien otorgo patrocinio y poder, con todas y cada una de las facultades del art. 7 del Código de Procedimiento Civil, especialmente con las facultades de renunciar a los plazos, recursos legales, salvo el recurso de aclaración, rectificación o enmienda, rechazar, en relación a los Procedimientos de Familia, aprobar la conciliación especial de la Ley 19.947 sobre Matrimonio Civil, rechazar la mediación...

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